El primer protocolo de actuación policial específico para los casos en los que la víctima de una agresión machista no quiera denunciar ha entrado ya en vigor. Se trata de una de las 15 medidas contra la violencia de género anunciadas el pasado 27 de julio por la ministra de Igualdad, Irene Montero, tras incrementarse los asesinatos machistas al finalizar el último estado de alarma. El documento, difundido este lunes entre los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil y al que ha tenido acceso EL PAÍS, incluye un decálogo para que los agentes sepan qué información recabar en aquellos sucesos en los que “exista sospecha de que la víctima no acuda a prestar declaración en dependencias policiales”. De esta forma, pueden, pese a ello, elaborar la valoración policial de riesgo que activa los mecanismos de protección. En lo que va de 2021, ya son 30 las mujeres asesinadas a manos de sus parejas o exparejas. En la mayoría de los casos no había denuncia previa.
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Interior señala que, con el llamado Protocolo Cero, se pretende “actualizar” los procedimientos de actuación policial ya en vigor para “minimizar el riesgo de las víctimas en situación de posible desprotección y que manifiesten su deseo de no denunciar”. Para ello, el documento instaura nuevas “pautas operativas” para los agentes tanto para la primera actuación en el lugar del suceso como, posteriormente, en comisaría, al cumplimentar las diligencias. También se incluyen modificaciones en los formularios que los agentes rellenan en el Sistema VioGén para recoger que la víctima se ha negado a denunciar formalmente en dependencias policiales. Además, el documento contempla una formación específica sobre cómo actuar en estos casos para los agentes, especialmente los destinados en las unidades de Seguridad Ciudadana, los que habitualmente acuden en primer lugar a los incidentes de estas características.
El decálogo instruye a los agentes para recabar la información “imprescindible” de la víctima en “el primer contacto” que tengan con ella para poder “concretar el nivel de riesgo de que se produzca una nueva agresión y así articular las medidas policiales de protección que deben ser adoptadas”. Como primer paso, incide en que deben preguntar a la mujer “en un entorno privado, alejada tanto de menores como de cualquier otra persona”. Interior hace hincapié en que también obtengan información de lo que manifiesten las personas presentes, incluido el agresor, así como de la observación de todos ellos, priorizando en todo momento “la seguridad de la víctima y de menores. Tenga también en cuenta que la preocupación de la víctima por su propia seguridad puede afectar a su capacidad para proporcionar la información necesaria”, añade el protocolo.
En el caso de que la actuación policial se desarrolle en un domicilio, los agentes deben prestar “atención al entorno para conocer en qué medida le puede aportar información útil y valiosa”. En este sentido, el protocolo pide que se recojan los detalles que apunten a la existencia de “algún episodio de violencia física, incluso sin lesión”. Entre ellos, “si la víctima pudo sufrir alguna agresión en la zona de cuello”, detalla el texto. Los agentes también deber intentar averiguar si se ha utilizado algún arma o si el agresor ha lanzado en algún momento amenazas de muerte o de suicidio. En este sentido, recalca que presten especial atención a las manifestaciones espontáneas tanto de la víctima como del autor y los posibles testigos por si las mismas pueden llevar “a pensar que no se trata de un episodio aislado, sino reiterado, conllevando un cierto incremento de la violencia o cronificación de esta”.
Conductas de control y acoso
El documento recuerda que “el momento más peligroso” para la víctima es cuando el presunto agresor descubre que esta “podría intentar terminar la relación”. Por ello, insiste en que los agentes presten atención a si el incidente pudo ser provocado por los celos del presunto agresor y si existe algún tipo de conducta de control y acoso de este hacia la mujer, así como si durante la intervención policial “se han registrado faltas de respeto o conductas desafiantes hacia el personal policial” y si existen “daños en el lugar de los hechos provocados por el presunto agresor”. Los agentes también deberán intentar saber si el agresor o la víctima presentan algún trastorno mental, muestran cuadros depresivos, han intentado suicidarse, consumen drogas o abusan del alcohol. En el caso del presunto autor, además si suele ser “muy impulsivo o agresivo con alteraciones de comportamiento”.
Los agentes deben deducir de la información recopilada en el lugar de los hechos si la víctima piensa que el agresor es capaz de agredirla con violencia o, incluso, causarle la muerte. En el caso de que haya menores, los policías deben intentar saber si estos han sufrido amenazas por parte del agresor o si la víctima teme por su seguridad. También si fueron testigos del suceso. Interior concluye ordenando a los agentes que en ningún caso deben abandonar el lugar del suceso “sin informar a la víctima de los teléfonos y recursos próximos. En especial de aquellos que ofrecen atención inmediata y confidencialidad”.
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