El empresario y ventrílocuo José Luis Moreno no tendrá que ingresar en prisión después de que este jueves haya presentado en el juzgado, dentro del plazo fijado, un aval hipotecario para cubrir la fianza de 3 millones de euros que le impuso el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno para permitirle seguir en libertad. Ahora, el magistrado designará peritos para que tasen las propiedades puestas en garantía por el empresario y decidir si es suficiente. En el caso de este tipo de avales, la Ley de Enjuiciamiento Criminal determina que su valor debe ser, al menos, del doble del importe de la fianza en metálico. En este caso, 6 millones de euros.
La entrega del aval se ha producido después de que el juez hubiera admitido, de manera parcial, el recurso presentado un día antes por José Luis Moreno contra el auto que le obligaba a entregar la fianza en metálico o con aval bancario para evitar la prisión provisional. En un auto hecho público horas antes de que venciese este plazo, el magistrado permitió a Moreno presentar esta cuantía a través de un aval hipotecario. El juez rechazó, sin embargo, las otras pretensiones del empresario, que pedía eliminar la fianza o reducirla a 300.000 euros, una décima parte del importe fijado.
El promotor de series como Aquí no hay quien viva fue detenido la pasada semana acusado de los delitos de estafa, falsedad documental, contra la Hacienda pública y organización criminal, entre otros, como presunto cabecilla de una trama dedicada al blanqueo de dinero procedente del narcotráfico y al fraude de ayudas públicas a través de un entramado empresarial compuesto por más de 700 compañías. Junto a él fueron arrestadas otro medio centenar de personas en una operación conjunta de la Policía Nacional y la Guardia Civil bautizada como Titella (marioneta en catalán).
En el recurso contra la fianza, los abogados de Moreno aseguraban que en el auto judicial que imponía la medida no motivaba ni la cuantía de la misma ni la necesidad de que, en caso de no abonarla, ingresara en prisión. La defensa del ventrílocuo recalcaba la edad de este (74 años), su arraigo en España, la falta de antecedentes y su condición de persona “con relevancia pública” para descartar que tuviera intención de fugarse. Además, hacía hincapié en que su ingreso en prisión provocaría la cancelación de “un proyecto audiovisual” en el que él es “productor ejecutivo”, lo que “supondría un grave perjuicio para un importante número de trabajadores implicados”. Por todo ello, pedía que se acordase la libertad provisional sin fianza del ventrílocuo o reducirla a 300.000 euros.
La Fiscalía, por su parte, rechazaba estos argumentos al considerar que la medida pretende “evitar que el imputado eluda la acción de la Justicia” ante la gravedad de los delitos que se le imputan y las elevadas penas que estos llevan aparejadas. En este sentido, recalca que “los indicios que condujeron a la detención [de Moreno] se han fortalecido tras las tomas de declaraciones policiales y judiciales de otros investigados”. Y recuerda que aún falta analizar “la abundante documentación incautada”.
En su escrito, la Fiscalía incidía en que el riesgo de fuga del empresario “late con todo su vigor” precisamente por “las capacidades económicas” de las que este hizo alarde a lo largo de la investigación, y que el propio Moreno cifró en 23 millones de euros. Por ello, considera que de ser la fianza inferior a los tres millones de euros fijados por el juez, la misma sería “ineficaz a los fines pretendidos”. El ministerio público solo respalda que esta cantidad pueda ser depositada con un aval hipotecario, como pedía el abogado de Moreno, y no solo en metálico o con aval bancario como fijó el magistrado la pasada semana.
En su auto de este jueves, el juez hace suyos los argumentos de la Fiscalía e insiste en que “la naturaleza del delito, estado social, antecedentes y otras circunstancias, sustancialmente de contenido económico”, en referencia al elevado capital del que dispone el empresario, convierten en proporcional la fianza como manera de “garantizar la presencia [de Moreno] en el juicio oral”. “La cuantía se estimó conforme a las condiciones económicas y posibilidades del investigado y con la finalidad de que pudiera ser efectivamente constituida”, añade el magistrado. No obstante, también recuerda que la cuantía de la fianza puede ser modificada, así como la situación de libertad en que quedaría Moreno si la abona, a lo largo de la instrucción de la causa “cuantas veces sea procedente”.
La causa, que sigue bajo secreto de sumario, apunta a que Moreno y el resto de presuntos miembros de la trama se dedicaban supuestamente a crear compañías para ofrecer proyectos empresariales “de todo tipo que nunca se materializaban, contando con la participación activa en el delito de directores de bancos, una notaría y hasta productores de televisión”. Entre las supuestas víctimas se encuentran diferentes entidades financieras y un inversor privado, a quien causaron un “perjuicio” de más de 50 millones de euros en “proyectos fracasados”. Las pesquisas comenzaron con una denuncia de la entidad financiera Abanca, que se consideró estafada.
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