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La Audiencia de Madrid ordena reabrir una investigación sobre otra ‘patada en la puerta’ durante el estado de alarma

Imagen extraída del vídeo grabado por la policía de su actuación en una vivienda de la calle Lagasca de Madrid por una fiesta ilegal, en marzo de 2021.policía nacional

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto, conocido este viernes, por el que ordena reabrir una investigación judicial sobre otra actuación policial en la que los agentes accedieron por la fuerza a un piso durante el estado de alarma. En concreto, por la entrada sin autorización judicial de seis agentes, en la madrugada del 22 de marzo, en un piso de la calle Velázquez, de Madrid, en la que se estaba celebrando una fiesta que contravenía las normas dictadas para minimizar el riesgo de expansión del coronavirus. El caso había sido archivado el pasado 15 de junio por una jueza, con el respaldo de la Fiscalía, que rechazó la querella de uno de los ocupantes de la vivienda al considerar que los policías, que forzaron la puerta ante la negativa de los ocupantes a abrirles para identificarse, no cometieron el allanamiento de morada del que se les acusaba.

Ahora, los tres magistrados del tribunal estiman que la jueza debe tomar declaración al querellante y a los policías y decidir si practica otras diligencias antes de tomar la decisión de si archiva o no la causa, según se recoge en el auto adelantado por El Confidencial y al que ha tenido acceso EL PAÍS. La resolución judicial señala que solo entonces la jueza podrá “adoptar con plena libertad de criterio la decisión oportuna sobre la continuidad del proceso”. Es el tercer caso de patada en la puerta que investigan en la actualidad los tribunales de Madrid, tras otros dos abiertos por hechos similares ocurridos en diciembre y marzo pasado, también durante las restricciones de movilidad para combatir la pandemia. Por estos dos casos hay imputados en la actualidad 13 agentes.

Los hechos que la Audiencia Provincial ordena ahora investigar se produjeron el 22 de marzo sobre las 1.35 horas, cuando la policía acudió a un piso de la calle de Velázquez, en el barrio de Salamanca, avisados por los vecinos de que en una de las viviendas se estaba haciendo un excesivo ruido y se incumplían las medidas entonces vigentes sobre el número máximo de personas no convivientes que se podían reunir. Ante la negativa de los ocupantes a abrir la puerta, los agentes lograron entrar mediante el método del resbalón [consistente en emplear una pieza de plástico sobre el pestillo de la cerradura para liberarlo y abrir la puerta] y, una vez dentro, detuvieron a una persona que había intentado ocultarse en el interior de la vivienda. En el transcurso del arresto, el detenido opuso fuerte resistencia y mordió en un dedo de la mano a uno de los agentes.

Por estos hechos, el ocupante de la vivienda fue condenado dos días después, en un juicio rápido, a cuatro meses de prisión por un delito de atentado en una sentencia dictada de conformidad. En aquel suceso fue también detenido el inquilino del piso, sobre el que finalmente se archivó la acusación de desobediencia grave. Fue este el que, un mes después, presentó la querella contra los seis policías que la Audiencia Provincial ha ordenado ahora abrir.

En el auto conocido este viernes, los tres magistrados concluyen que la decisión de la jueza instructora de rechazar esta querella sin la práctica de ninguna diligencia de investigación “solo es adecuada en los supuestos en que exista una claridad absoluta” de que los hechos no constituyen ningún delito, pero en los casos “en que existe duda”, como consideran que ocurre en este, debe iniciarse una investigación judicial. Para los magistrados, la sentencia por la que se condenó por atentado a uno de los detenidos aquella noche revela que los agentes entraron en el piso sin el consentimiento del inquilino, en contra de lo que había estimado la jueza instructora, que consideró que este sí autorizó la entrada de los policías en su vivienda.

En su argumentación, el tribunal cita el auto dictado el pasado 14 de junio por otros magistrados de la Audiencia Nacional en un hecho similar en el que ordenaban al juez que investigase a los seis agentes que habían entrado sin orden judicial en un domicilio durante el estado de alarma para poner fin a una fiesta al concluir que los policías pudieron haber cometido “un exceso en el ejercicio de la autoridad”. Este auto fue el que inició la investigación sobre el primer caso de patada en la puerta que salió a la luz pública, y que se hizo viral tras la difusión de las imágenes en las que se veía a los agentes tirar la puerta de un piso de la calle de Lagasca, de Madrid, con un ariete. Hace unos días, el juez que instruye esta causa decidió archivarla contra cinco de los seis policías a los que había imputado por allanamiento de morada.

El único agente que sigue investigado en este caso, el subinspector que dirigió aquel operativo, está implicado también en la querella que la Audiencia Provincial ha ordenado ahora reabrir. No es la única coincidencia. En ambos casos, el abogado que presentó las querellas es el mismo, Juan Gonzalo Ospina, quien asegura a este diario que en los dos sucesos “estamos discutiendo sobre la defensa de derechos fundamentales, la inviolabilidad del domicilio, un derecho inherente a la dignidad humana”. Recientemente, un tercer magistrado ha tomado declaración como imputados a otros seis agentes por un tercer suceso similar, registrado en diciembre del año pasado también en Madrid y durante el estado de alarma. En esta última causa, también están imputados cinco ocupantes varones del piso acusados de resistencia a la autoridad.


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