La Audiencia Nacional rechaza prohibir la marcha en favor del etarra Henri Parot


Ni por la vía contencioso-administrativa, ni por la vía penal. El juez José Luis Calama, instructor de la Audiencia Nacional, ha rechazado prohibir la marcha convocada este sábado en Mondragón (Gipuzkoa) en favor del etarra Henri Parot, en prisión desde 1990 por 39 asesinatos. El magistrado considera que no puede restringir el derecho fundamental de reunión sin que “exista constancia” de que se “haya producido o se vaya a producir” delito alguno.

“No existen en este momento los datos y elementos necesarios para poder determinar si los hechos denunciados podrían, en su caso, llegar a constituir hipotéticamente un delito de enaltecimiento del terrorismo”, escribe el juez en un auto dictado este jueves, donde concluye que no puede impedir “preventivamente” esta manifestación, como solicitó el hijo de una de las víctimas del terrorista. La decisión llega después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechazara el miércoles, en la vía contencioso-administrativa, suspender la convocatoria de la manifestación.

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Calama toma esta decisión con el apoyo de la Fiscalía, que encargó informes a las fuerzas de seguridad tras recibir la denuncia del hijo del teniente coronel Guillermo Tévar, asesinado por la banda en 1981. Este afirmó que esta convocatoria tiene como objetivo “justificar” los múltiples asesinatos perpetrados por Parot, entre ellos, el de su padre. Ello “constituye una actuación de enaltecimiento y justificación pública del terrorismo, con el menosprecio y humillación a las víctimas y sus familiares”, según la víctima.

El ministerio público subraya, en cambio, que esta iniciativa se ha convocado bajo un “enunciado genérico y sin alusión concreta y objetiva y, menos aún vejatoria, a ninguna de las víctimas”: “Su finalidad, según refieren [los organizadores], es la consecución de la paz, la concordia y la reconciliación”. Según añade la Fiscalía, esta manifestación impulsada por Sare, un colectivo de apoyo a los presos de ETA, se ha organizado además como una marcha de 31 kilómetros en favor de Parot, “único miembro de ETA de esa localidad que permanece en prisión”. Los convocantes insisten en que el objetivo de la movilización es “denunciar el mantenimiento de un régimen de excepcionalidad en el colectivo de presos” de la organización terrorista.

“El acto está concebido con fines estrictamente políticos, sin que de la lectura de su convocatoria se infiera que la intención de dicha manifestación es convertirlo en un acto que humille a alguna de las víctimas”, prosigue el ministerio público. Una tesis que hace suya el juez Calama al rechazar su prohibición. Según el magistrado, el Derecho Penal no puede aplicarse de manera preventiva, pues ello llevaría imponer sanciones sobre la base de meras hipótesis inciertas de comisión de delitos.

Aun así, el magistrado ha ordenado a las Fuerzas de Seguridad del Estado que controlen la marcha, y adopten “las medidas necesarias” para evitar que durante la manifestación “se realicen actos que pudieran ser constitutivos de delitos de enaltecimiento o justificación de delitos terroristas”. “Y, en el supuesto de que se produjeran, proceder a la identificación de sus autores, poniéndolo en conocimiento de este juzgado”, escribe el instructor.

Calama sigue así una línea ampliamente asentada en la Audiencia Nacional. De hecho, el juez Ismael Moreno también rechazó el pasado agosto prohibir la marcha en favor de los presos de ETA convocada para tres días de octubre en Álava por una plataforma al considerar que reclamar el acercamiento o la excarcelación de estos reclusos entra dentro de la libertad de expresión.


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