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La CNMC detecta que algunas eléctricas cobran más de lo debido por la luz con la nueva tarifa por horas


La polémica relacionada con el precio de la luz parece no tener fin. En medio de un periodo de precios históricamente altos, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha denunciado este miércoles que algunas comercializadoras eléctricas han incluido un incremento en el coste de la energía tras la entrada en vigor el pasado 1 de junio de la tarifa por tramos horarios. Además, estas prácticas se han hecho sin informar a los consumidores. “En casos puntuales, el término de energía medio facturado llega a ser un 30% superior al que correspondería”, asegura el organismo, que no precisa el nombre de las comercializadoras que han cobrado de más en la factura desde junio.

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La polémica se refiere a la factura de la luz con discriminación horaria que entró en vigor el pasado 1 de junio. El modelo fijaba tres tramos con distintos precios (valle, llano y punta). La CNMC concluía el pasado mayo que el consumo en las horas valle podía llegar a ser un 95% más barato que en las punta y que los cambios de hábitos en las familias podrían suponer un ahorro de entre 200 y 300 euros anuales. Pero estos beneficios no se han trasladado del todo a los hogares. Primero, porque el precio de la energía en el mercado mayorista ha experimentado una carrera alcista este año que la ha llevado a niveles récord. Y además, como ahora denuncia el regulador, algunas comercializadoras han cargado costes de forma indebida.

Pese a todo, la CNMC asegura que la gran mayoría de los comercializadores han trasladado adecuadamente la variación en los nuevos peajes. Es decir, no se puede generalizar a todo el sector. “No obstante, existe un número de comercializadoras que además de la variación en el componente regulado (peajes), han incluido un incremento en el coste de la energía”, explica Competencia en un comunicado.

El organismo añade que, entre las que han realizado el sobrecoste, no todas han informado al cliente. “Se ha constatado que, solo puntualmente, el comercializador ha informado de manera transparente y comprensible al cliente, mediante comunicación específica para esta cuestión, de la introducción de modificaciones más allá de las que corresponden al mero traslado de los componentes regulados, dando la posibilidad de rescisión del contrato sin penalización, todo ello de acuerdo con la normativa vigente”. Es decir, en la mayoría de casos no ha existido esta comunicación, incide la CNMC, que no detalla las firmas que han impuesto un sobrecoste indebido.

Por ello, Competencia reclama a estas empresas que refacturen a sus clientes y apliquen el precio que les corresponde de acuerdo a los nuevos peajes. “El término de energía medio facturado llega a ser un 30% superior al que correspondería”, cifra la CNMC en la nota. El organismo saca estas conclusiones de su informe de seguimiento sobre la adaptación de los contratos de suministro de electricidad existentes antes del 1 de junio. Desde entonces, con la nueva normativa, “se diferencia los términos de facturación de los peajes en función de los distintos periodos horarios, de tal forma que se proporcionan señales en los precios de los peajes de los consumidores por su impacto sobre los costes de las redes”.

Competencia incide en que estos contratos anteriores se debieron adaptar tras dicha fecha. Para el seguimiento de los cambios, la CNMC ha solicitado información a las empresas sobre los precios facturados antes y después del 1 de junio de una serie de clientes elegidos de forma aleatoria. “En un primer análisis se ha tenido en cuenta la información de las 25 comercializadoras con mayor cuota de número de suministros, lo que representa una cuota de mercado del 91% del total del número de puntos de suministro en mercado libre en baja tensión y, el 84% del total de energía en mercado libre en baja tensión”, explica el organismo.

Regularización de los contratos

La CNMC reclama por tanto que se regularicen los contratos en los que se incluyan los precios correctos y solicita que les informe de manera transparente, algo que ya se está produciendo. “A la fecha de elaboración de este informe, muchas de estas comercializadoras ya están realizando dichas regularizaciones. En consecuencia, los consumidores deberían percibir la compensación equivalente por los precios que deberían haber abonado desde el 1 de junio”, sostiene Competencia.

El organismo realizará un seguimiento de estas regularizaciones de los contratos para confirmar que se hace de forma adecuada. En caso contrario, avisa que iniciarán las actuaciones oportunas: “Actualmente, se está analizando los resultados correspondientes a la información solicitada en la segunda fase (18 comercializadoras adicionales)”. La CNMC recuerda asimismo que en abril de 2021 aprobó una serie de recomendaciones para los comercializadores a la hora de aplicar la nueva circular de peajes. En dicho documento se establecieron los criterios para que las comercializadoras trasladaran adecuadamente a los consumidores las variaciones asociadas a los nuevos componentes regulados.

“En concreto se indicaba que en el proceso de adaptación se aplicaría una metodología que fuera replicable y que garantizara que, tras la adaptación de los valores de los conceptos regulados a la nueva estructura de peajes de acceso, el importe implícito del componente no regulado del precio del contrato no era superior al contemplado antes de la modificación”, explica Competencia.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), por su parte, ya había denunciado el 1 de junio estas subidas. En su caso las cifró de hasta el 27% en parte de las comercializadoras. Entonces ya aseguraba la organización asimismo que solo se podrían aplicar estos incrementos si había una comunicación previa, algo que según la CNMC no ha ocurrido en algunos casos.


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