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La CNMC exige a Telefónica que cambie o aclare la tarifa Fusión que incluye la compra de un móvil

Un cliente sale de una tienda Movistar en Madrid en noviembre de 2020.
Un cliente sale de una tienda Movistar en Madrid en noviembre de 2020.getty

Telefónica revolucionó el pasado abril sus tarifas telefónicas al incluir la obligación de la compra de un móvil a los nuevos clientes que contrataran su paquete Fusión, su principal oferta comercial conjunta de fijo, móvil, Internet y televisión. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) le da ahora un tirón de orejas al instar a la empresa a “aclarar o modificar” ciertos términos de las condiciones de esa oferta. El organismo entiende que en la práctica puede suponer una cláusula encubierta de permanencia para el cliente

Movistar renovó desde el pasado 11 de abril todas sus tarifas Fusión de paquetes convergentes con un nuevo catálogo de planes que incluye obligatoriamente la compra de un móvil del catálogo ofrecido por la operadora en sus diferentes modalidades, a cambio de un incremento mínimo de tres euros al mes. Si el cliente quiere acceder a terminales distintos a los incluidos por defecto en la cuota mensual, tiene que abonar una cantidad extra mensual durante 36 meses, que en función de la tarifa y de las prestaciones del móvil oscila entre los dos y los 24 euros. Todos los nuevos clientes de Fusión desde esa fecha han tenido que contratar obligatoriamente estas tarifas con móvil incluido, aunque a los clientes antiguos —alrededor de cuatro millones— se les dio la posibilidad de mantener las actuales.

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La CNMC considera que esa oferta de Fusión supone un “arrendamiento” diferido de un smartphone “a cambio de una cuota mensual de tres euros con carácter general, y una permanencia, en la práctica, de 36 meses”, puesto que “en el caso de que el cliente contrate este nuevo producto se le aplicarán ciertas condiciones de permanencia y penalización por baja anticipada por un periodo de 36 meses”.

El supervisor de competencia considera que la literalidad de estas nuevas condiciones podría limitar el cambio de los clientes a otras compañías, ya que se restringe su capacidad de suscribirse a servicios similares con televisión de pago ofertados por competidores de Telefónica. En consecuencia, Competencia exige a Telefónica “o bien introducir ajustes, o bien aclarar los términos generales de las condiciones comerciales de esos productos para adecuarlos a los compromisos”.

El organismo que dirige Cani Fernández también insta a Telefónica a que comunique dichas aclaraciones o modificaciones a los clientes que hubieran contratado previamente alguno de estos productos, así como a la propia CNMC, a quien también tendrá que comunicar otras modificaciones relativas a estos paquetes antes de su efectividad comercial.

Competencia precisa que esta resolución forma parte de su labor de vigilancia para verificar que Telefónica cumple con los compromisos ofrecidos para la aprobación de la toma del control de DTS (la antigua Sogecable) por Telefónica, que adquirió en 2015 el 56% de DTS que poseía el Grupo Prisa, editor de EL PAÍS. La CNMC ha analizado la compatibilidad de las políticas comerciales minoristas de los paquetes Fusión con los compromisos adoptados en dicha operación para comprobar si la operadora cumple el compromiso de no incluir a sus clientes en España obligaciones de permanencia asociadas directa o indirectamente a servicios de televisión de pago (empaquetados o no), de forma que no entorpezca el cambio a otros competidores.

Conflicto con DAZN

En la misma línea, la CNMC ha publicado otra resolución en la que “insta a modificar ciertos aspectos” del acuerdo suscrito entre Telefónica y la plataforma de deportes DAZN para ”adecuarlo a los compromisos adquiridos tras la operación de concentración de Telefónica y DTS en abril de 2015”. En concreto, dicho acuerdo parece incumplirse en cuanto a lo relativo a los derechos de retransmisión de la Fórmula 1 para las temporadas 2021, 2022 y 2023.

En primer lugar, la CNMC le pide a Telefónica que cambie el acuerdo para que la Fórmula 1 siga en su oferta mayorista e insta a la operadora a que introduzca ajustes o aclare los términos generales a los clientes sobre la permanencia de la oferta Fusión.

Recuerda Competencia que el acuerdo suscrito con Telefónica consistía en que hubiese una comercialización mayorista de una oferta anual de contenidos consistentes en “canales premium”, la replicabilidad de los productos con estos canales y el acceso no discriminatorio a Internet de sus clientes a contenidos de televisión de pago de operadores OTT (over the top), aquellos que, como DAZN, ofrecen contenidos a través de internet sin el concurso de operadores o distribuidores tradicionales. En consecuencia, Telefónica debe contar con una oferta mayorista para que sus competidores puedan acceder a los canales de pago con contenidos premium (películas de estreno, competiciones deportivas nacionales e internacionales —incluida la Fórmula 1—), y comercializarlos mediante sus propias plataformas de televisión de pago.


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