La Fiscalía se opone al tercer grado de Juana Rivas que le permite cumplir condena en su casa


Juana Rivas entró en el Centro de Inserción Social (CIS) Matilde Cantos de Granada un viernes a primera hora de la mañana. El lunes por la tarde salió de allí con una pulsera telemática y con un documento que le otorgaba el tercer grado. Rivas se fue a casa aquel 14 de junio sin obligación de volver más al centro. Tres semanas después, el fiscal del caso se ha dirigido al juez de vigilancia penitenciaria para pedirle que revoque esa semilibertad y vuelva al segundo grado, lo que la obligaría a volver al centro penitenciario. El fiscal, a lo largo de trece folios, pone el énfasis en que el cambio de grado antes de cumplir una cuarta parte de la sentencia debe ser “excepcional y especial”. Alega, además, que esos poco más de tres días vividos en el CIS son insuficientes para dar los pasos necesarios para clasificar de un modo diferente a la penada. Finalmente, pone en duda las verdaderas razones del arrepentimiento de Juana Rivas, de quien dice que tiene “predisposición a infringir normas”.

Más información

Carlos Arangüez, abogado de Rivas, ha mostrado su “perplejidad” porque el fiscal haya recurrido esa libertad y solicite su ingreso en prisión. Según Arangüez, Juana Rivas “cumple todos los requisitos para tener el régimen de semilibertad y poder ocuparse de sus tareas profesionales y dormir en su domicilio”. El letrado se sorprende de que juez y fiscal sean tan persistentes en ir contra las decisiones que benefician a Rivas y explica que se va a oponer “enérgicamente” a la petición del fiscal. Arangüez califica el escrito del fiscal como uno más de los actos de “violencia institucional judicial que está sufriendo Juana”.

El fiscal Valentín Ruiz, que firma este escrito, ya firmó hace unos días otro mostrándose contrario a que se le conceda el indulto a Rivas. En esta ocasión, Ruiz se opone al pase a semilibertad recordando que para conseguir esa nueva calificación “deberá transcurrir el tiempo de estudio suficiente para obtener un adecuado conocimiento del mismo”, algo que, explica repetidamente, no pudo ocurrir en los poco menos de cuatro días que pasó en el Centro de Inserción Social, “algo inusual frente a los dos años y seis meses de condena que se le ha impuesto”. Rivas, finalmente, fue sentenciada por el Tribunal Supremo a esa pena de prisión, a seis años de pérdida de la patria potestad sobre sus dos hijos menores y a pagar una indemnización, ya abonada, de 12.000 euros por un delito de sustracción de menores.

En la sentencia original, de julio de 2018, Rivas fue condenada a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores, al no devolver a sus dos hijos al padre de estos, Francesco Arcuri. El Supremo lo rebajó el pasado abril a un único delito, cambiando el foco de la primera sentencia, que consideraba a los dos hijos como perjudicados, por una nueva perspectiva jurídica en la que la víctima era el padre, y no los niños.

En su negativa al cambio de grado, el fiscal se refiere a la falta de tiempo de la psicóloga y el educador para valorar realmente a Rivas. En el caso del estudio psicológico, Ruiz opina que, realmente y en sentido contrario a lo ocurrido, debería ser tenido en cuenta “para proponer un segundo grado penitenciario” y así “tratarla para superar tales deficiencias”, en referencia a algunas valoraciones negativas de la psicóloga sobre Rivas.

En el caso del informe del educador, escribe el fiscal, “también llama la atención que indique que ha tenido una evolución conductual positiva, con ausencia de sanciones, y que su conducta en el centro ha sido normalizada, con ocupación positiva en el tiempo libre”, ya que “no podría ser menos porque tres días de ingreso (…) necesariamente no pueden dar más de sí. Lo extraño sería que, en tan corto espacio de tiempo, se hubiesen producido tales incidencias”. El fiscal añade que estas valoraciones se han tomado de manera “precipitada y sin fundamento ni tiempo para evaluar todas esas cuestiones, dado que la interna solo estuvo en el centro un fin de semana”.

El escrito del fiscal insiste repetidamente en que la decisión del paso a semilibertad se ha dictado “desde Madrid” y sin haber superado ningún programa específico de tratamiento. También hace referencia al hecho de que Rivas ha manifestado a la psicóloga “que asume su responsabilidad y al educador le manifiesta que reconoce los hechos sentenciados y que se arrepiente, aunque en ningún momento reconoce o admite haber cometido un delito, ni manifiesta conciencia alguna del daño causado a las víctimas, que, en este caso, no solo son sus propios hijos, sino también el padre de tales hijos. No mostrando empatía alguna con una de las víctimas, concretamente con el padre de los niños”. Ahora, será el juez de Vigilancia Penitenciaria de Granada, Pedro Joya, quien debe decidir si mantiene la situación como está o tiene en cuenta el escrito del fiscal.


Source link