El comisario de policía retirado Carlos Alberto Augusto, conocido como Carlinhos Metralha o Carteira Preta, se convirtió en el primer acusado condenado penalmente por perseguir a opositores al régimen militar brasileño (1964-1985). El 9º Tribunal Penal Federal de São Paulo sentenció a dos años y 11 meses de prisión a Augusto por el secuestro agravado del exmarino Edgar de Aquino Duarte, desaparecido hace 50 años. La condena del exagente de la dictadura militar y colaborador de connotados represores y torturadores no tiene precedentes y es el resultado de una denuncia realizada en 2012 por los fiscales.
A diferencia de los países vecinos que también vivieron gobiernos dictatoriales en el siglo XX, la justicia brasileña había realizado hasta ahora pocas condenas y solo en el ámbito civil. El poder judicial, incluido el Supremo Tribunal Federal, sigue considerando válida la ley de 1979 que concedió la amnistía a los crímenes del régimen militar, a pesar de los veredictos contrarios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Dictadura militar en Brasil
En su decisión, el magistrado Silvio César Arouck Gemaque señaló que la responsabilidad penal de Carlos Alberto Augusto fue probada a lo largo del proceso y que en los delitos de graves violaciones a los derechos humanos —como es el caso del secuestro de Edgar Aquino de Duarte— se aplica el mismo marco jurídico de los delitos de lesa humanidad. El juez destacó que su decisión no se basó únicamente en pruebas testimoniales, un “testimonio de oídas”, sino en un amplio mosaico de pruebas que apuntan a la responsabilidad de alias Carlinhos Metralha. En la sentencia, Gemaque también señaló que la detención durante al menos dos años del exmarino Edgar de Aquino Duarte sin ninguna acusación formal, y que resultó en su desaparición, se dio en el contexto de un “sistema de terror” implementado por el Estado, que “detenía sin orden judicial, secuestraba, torturaba, desaparecía y mataba a personas por sus posiciones políticas”.
En el proceso, la fiscalía acusa a alias Carlinhos Metralha de secuestro, tortura, ejecución y ocultación de un cadáver. En la decisión, el magistrado afirma que la desaparición de la víctima hasta el día de hoy impide que el delito se considere prescrito, ya que se mantiene en la práctica. El juez aceptó la tesis de la fiscalía de que la desaparición forzada de Duarte puede enmarcarse en un contexto de atentados y persecución política por parte del Estado, con un sistema de operaciones represivas que constituyen crímenes de lesa humanidad, y, por lo tanto, imprescriptibles e inamnistiables.
El veredicto fue celebrado por fiscales, activistas e historiadores. En su página web oficial, la fiscalía informa que la mayoría de las más de 50 acciones penales propuestas por el organismo sobre crímenes cometidos en la dictadura fueron rechazadas o están paralizadas en los tribunales federales de todo el país. El Supremo Tribunal Federal, sin embargo, ratificó la validez de la Ley de Amnistía y sigue ignorando las decisiones de la CIDH. En 2018, el entonces fiscal general, Raquel Dodge, pidió al STF para reevaluar su posición en la acción para la reapertura del caso Rubens Paiva, diputado asesinado por el régimen también en 1971.
El delito
Edgar de Aquino Duarte fue detenido el 13 de junio de 1971, sin ninguna orden judicial que respaldara la acción policial. En aquella época, el exmarino, expulsado de la Marina en 1964 como consecuencia del Acto Institucional N°1, el primero de la dictadura, trabajaba como agente bursátil en la Bolsa de São Paulo. Duarte había abandonado la militancia política desde que regresó del exilio en 1968, pero entró en el radar de las autoridades después de que su nombre fuera mencionado, días antes, en la declaración de José Anselmo dos Santos, conocido como Cabo Anselmo, que se alojaba en el apartamento del antiguo compañero de la Marina. Detenido días antes que Duarte, el Cabo Anselmo se convertiría en agente encubierto de los órganos de represión, bajo la supervisión de Carlos Alberto Augusto.
Sin ninguna acusación formal ni comunicación judicial, Duarte estuvo detenido durante al menos dos años y durante este periodo fue trasladado sucesivamente entre el Departamento de Estado de Orden Político y Social de São Paulo (Deops/SP) —donde trabajaba “Carlinhos Metralha”— y la unidad comandada por el coronel Carlos Alberto Brilhante Ustra. Torturador reconocido por la Justicia y excomandante del Destacamento de Operaciones de Información del II Ejército (DOI-Codi) en São Paulo, Ustra es tratado como un héroe por Jair Bolsonaro. Duarte fue visto por última vez por testigos en junio de 1973. Sin pruebas ni registros de su muerte y sin información sobre su paradero, el exmarino sigue formalmente secuestrado hasta el día de hoy.
Carlinhos Metralha trabajó como investigador en Deops/SP de 1970 a 1977, a las órdenes de Sérgio Paranhos Fleury, otro conocido agente de la represión. Famoso por su truculencia y por las palizas que propinaba a los prisioneros, su apodo se debe a que Augusto tenía la costumbre de pasearse por los pasillos portando una ametralladora.
Retirado como comisario de policía de 1ª clase desde 2014, percibe una pensión del Estado. En el momento del anuncio de su jubilación, el fiscal Andrey Borges de Mendonça, responsable de la acción que dio lugar a su condena, había anunciado la posibilidad de pedir la suspensión de los beneficios de Augusto. Antes, los fiscales habían intentado apartar al policía del servicio activo, pero la petición había sido denegada por la Justicia y fue reiterada en la sentencia de Gemaque, ya que el expolicía, de 77 años, ya está jubilado.
Políticamente activo, Carlos Alberto Augusto participó en manifestaciones políticas contra la entonces presidenta Dilma Rousseff (2011-2016). Fue un crítico feroz de la Comisión Nacional de la Verdad que, con retraso respecto a sus vecinos, enumeró las víctimas y los represores de la dictadura brasileña en un documento publicado en 2014. Carlinhos Metralha fue condenado a régimen semiabierto y puede recurrir la decisión en libertad.
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