Este 2021 hemos dado la bienvenida a un amplio abanico de nuevas normas por parte de la Dirección General de Tráfico. El próximo 11 de mayo entrarán en vigor los nuevos límites de velocidad en las ciudades. En lo que respecta al teléfono móvil, su uso al volante conlleva 200 euros de multa y la retirada de seis puntos del carnet. Ni siquiera hay que utilizarlo como tal, basta con llevarlo sujeto con la mano, por ejemplo escuchando un audio de WhatsApp. A todo esto hay que sumar la multa de la DGT por usar el teléfono móvil en la gasolinera.
Multa de la DGT por usar el móvil en la gasolinera
El artículo 115 del Reglamento General de Circulación dice lo siguiente:
3. Para cargar combustible en el depósito de un vehículo, éste debe hallarse con el motor parado. Los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga si no está parado el motor y apagadas las luces de los vehículos, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles
Siempre se ha dicho que al llegar a una gasolinera hay que apagar todos los teléfonos móviles por riesgo de explosión. Pero los expertos señalan que el riesgo de que esto ocurra es mínimo, así que se trata de una leyenda urbana. Es muy improbable que la radiación electromagnética que genera un móvil pueda provocar una deflagración en la gasolinera. La única forma de que esto suceda es que haya algún defecto de fabricación en la batería del dispositivo que genere una chispa.
Entonces, ¿cuál es la razón por la que la DGT sanciona a los conductores con 100 euros por usar el teléfono móvil repostando en la gasolinera? Porque podrían distraerse utilizando el dispositivo y derramar el combustible, lo cual sí genera un riesgo de explosión.
Por lo tanto, es importante tener clara la normativa antes de ponerse al volante. Si los agentes de las Fuerzas y Seguridad del Estado te pillan conduciendo en la gasolinera usando el teléfono móvil, la sanción es de 200 euros y la pérdida de seis puntos del carnet. Si en cambio lo estás utilizando mientras repostas, la multa asciende a 100 euros.
Por último, queremos señalar que desde el 2 de enero de 2021 llevar un detector de radares en el vehículo, aunque no se esté utilizando, también es sancionable: 200 euros de multa.
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