En muchos casos las normas de circulación se incumplen no con mala intención, sino por desconocimiento o costumbre. Es el caso del síndrome del carril izquierdo del que esta semana ha alertado la DGT. En autovías y autopistas hay conductores que tienen la costumbre de circular por el carril izquierdo. Aunque pueda parecer algo sin importancia, lo cierto es que se contempla como una infracción de carácter grave, y la multa asciende a 200 euros.
¿Qué es el síndrome del carril izquierdo según la DGT?
La Dirección General de Tráfico es muy clara al respecto, y señala que el carril izquierdo no es para quienes tienen prisa o quieren correr más en la carretera. Este es un carril que se debe utilizar única y exclusivamente para adelantar sin superar la velocidad límite de la vía. Todo con el objetivo de reducir el riesgo de accidentes y mejorar la circulación.
Esta es una de las normas más básicas, pero son muchos los conductores que no la respetan. Hay quienes creen que conducir por el carril izquierdo si van más rápido que el resto es una forma de aligerar el tráfico. Pero nada más lejos de la realidad, porque esta práctica supone un gran riesgo tanto para ellos como para el resto de ocupantes de la vía. Más allá de la seguridad, no hay que olvidar que la multa por el síndrome del carril izquierdo es de 200 euros.
Y todavía hay más. Si los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o las cámaras de la DGT detectan que hay un vehículo circulando en zigzag (intercalando los carriles), la sanción económica es de 500 euros.
¿Qué es lo recomendable? Circular siempre por el carril derecho y, si hay tres o más, utilizar los siguientes cuando haya mucha congestión de vehículos. Queda claro que que el carril izquierdo es sólo para adelantamientos, cumpliendo con el límite de velocidad.
Nuevas normas de la Dirección General de Tráfico en 2021
Este 2021 han entrado en vigor una serie de nuevas normas para reducir los accidentes y mejorar la seguridad en las carreteras.
La multa por no utilizar el cinturón de seguridad, o por usarlo de forma incorrecta, es de 200 euros. En cuanto a las carreteras secundarias, la DGT ya no permite rebasar la velocidad máxima en 20 kilómetros por hora para adelantar a otro vehículo.
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