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La violencia machista se oculta mejor en la aldea

Una niña, en una imagen de archivo.Annie Otzen / Getty Images

El PSOE y Unidas Podemos han pactado incluir en la Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia medida que refuerzan el amparo de los menores en situación de violencia machista. Entre ellas, un cambio en el Código Civil para prohibir las custodias compartidas en caso de que durante el procedimiento los jueces aprecien indicios de violencia de género y la introducción en la Ley de Enjuiciamiento Criminal de la obligatoriedad de suspender el régimen de visitas cuando exista una orden de protección en vigor y haya indicios de que el menor haya “presenciado, sufrido o convivido” con dicha violencia, salvo que el juez presente una resolución motivada que justifique lo contrario, tras haber evaluado la relación paternofilial.

El pasado junio, el Consejo de Ministros aprobó en segunda lectura el anteproyecto de una norma ampliamente reclamada por organizaciones de infancia. Prevé ampliar el plazo de prescripción de los delitos sexuales contra menores, que no comenzará a correr hasta que la víctima cumpla 30, y no los 18 actuales; que quienes tengan menos de 14 años solo declaren una vez en la fase de instrucción del proceso judicial, frente a las hasta cuatro veces que pueden hacerlo en la actualidad, e instaurar protocolos específicos en todos los colegios, centros deportivos o de ocio. Se trata de una ley integral para prevenir, identificar y reparar la violencia contra los menores. Este miércoles ha finalizado el plazo para que los grupos parlamentarios registraran las enmiendas parciales, que se había ampliado en sucesivas ocasiones desde el pasado marzo. Ahora deberán debatirse las enmiendas presentadas por todos los grupos.

Pese a que la ley había sido reclamada durante años por colectivos sociales, organizaciones de infancia y feministas criticaron que era preciso reforzar la perspectiva de género en la normativa. Entre las enmiendas que proponen PSOE y Unidas Podemos consta que las Administraciones públicas presten especial atención a los menores que convivan en entornos familiares marcados por la violencia de género, prestándoles atención especializada. La obligatoriedad de suspender las visitas en caso de violencia machista, recogida como uno de los objetivos fijados en el Pacto de Estado contra la violencia de género, ha sido largamente reclamada por expertas en la materia, dado que si bien la legislación actual da potestad a los jueces para paralizarlas, en la amplia mayoría de los casos no se hace. La enmienda pactada contempla la posibilidad de que se mantengan las visitas, pero obliga a la autoridad judicial a justificarlo.

Otra reivindicación feminista es la prohibición del llamado síndrome de alienación parental (SAP), una herramienta esgrimida en algunas resoluciones judiciales y que presupone que uno de los progenitores (normalmente las madres) manipulan a sus hijos e hijas en contra del otro progenitor, algo que invalida los testimonios de los niños. La ministra de Igualdad, Irene Montero, anunció la semana pasada que lo combatirían. En una de las enmiendas recogen que “los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para evitar que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración”.

Escuchar a los menores

El PSOE y Unidas Podemos han pactado más de una treintena de enmiendas. Entre ellas, se contemplan medidas para reforzar la escucha de los menores. Por ejemplo, que los poderes públicos garanticen que los niños y adolescentes sean escuchados, sin límite de edad, en todos los procedimientos de acreditación de la violencia y que sean apoyados por profesionales especializados. O que cuando tengan la suficiente madurez sean oídos en todos los procesos [de separación, divorcio o establecimiento de medidas], no solo en los contenciosos, también en los de mutuo acuerdo. Se contempla además que los menores participen en el diseño de los protocolos de actuación en el ámbito educativo o de la figura del coordinador de bienestar, que se instaurará en todos los centros y será el referente para tratar los asuntos relacionados con la prevención y la actuación ante casos de violencia. Y que el Observatorio de la Infancia participe en la elaboración de la estrategia para la erradicación de la violencia contra los menores.

Las enmiendas recogen también que los protocolos de los centros de protección de menores deben establecer mecanismos de queja y denuncia sencillos, seguros, accesibles y confidenciales, para que los niños y adolescentes puedan presentar quejas sin riesgo de sufrir represalias. A su llegada a los centros, deberá proporcionárseles información, por escrito y en un idioma que les resulte comprensible, sobre el reglamento y los mecanismos para articular quejas. Las propuestas también plantean que en el plazo de un año tras la aprobación de la ley se aprueben dos reglamentos, uno de ellos para regular el procedimiento para la determinación de la edad de los menores que lleguen al país sin documentación, “de modo que se garantice el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por España”, y el otro, para desarrollar el régimen aplicable a las medidas de contención y seguridad que se usan en los centros de internamiento de menores, de forma que se “garantice el cumplimiento de los principios de excepcionalidad, necesidad, proporcionalidad, provisionalidad y prohibición del exceso, así como su aplicación como último recurso”.


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