“La suspensión no surtirá efectos si se trata de delitos en donde proceda la prisión preventiva oficiosa, o de delitos considerados como graves”, indicó el Consejo de la Judicatura Federal.
Una juez federal otorgó una suspensión provisional a la orden de captura contra Emilio Lozoya Austin, a quien la tarde del martes le fue girada una orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía General de la República (FGR) y una ficha roja de la Interpol.
Sin embargo, dicha suspensión no lo librará de la detención provisional, ya que los delitos por los que se le acusa son considerados como graves: operaciones con recursos de procedencia ilícita, cohecho y defraudación fiscal.
El Consejo de la Judicatura Federal explicó que “la suspensión provisional, como medida cautelar, no significa el otorgamiento del amparo”.
Además, “la suspensión no surtirá efectos si se trata de delitos en donde proceda la prisión preventiva oficiosa, o de delitos considerados como graves“.
“Consecuentemente, la suspensión provisional no implica que se haya otorgado un amparo a favor del agraviado ni se interrumpe la persecución del delito”, apuntó.
Por un error se incluyó la palabra “definitiva” en el punto 2 donde se hace referencia a la suspensión. Acá el #Comunicado corregido: pic.twitter.com/svc4HpGwUP
— CJF (@CJF_Mx) 29 de mayo de 2019