Ícono del sitio La Neta Neta

Luz verde contra el abuso del modelo de interinos: claves y plazos para la regularización


El Consejo de Ministros ha dado luz verde al pacto contra la temporalidad que sellaron este lunes el ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, y representantes de los tres sindicatos mayoritarios en la Administración (CC OO, UGT y CSIF) que han participado en la negociación. La reforma trata de poner remedio a una de las taras que más han lastrado el empleo público (y que también tiene su réplica en el sector privado): la alta tasa de temporalidad.

Durante décadas ―Iceta recordó que se trata de un problema cíclico, pero focalizó su agravamiento a partir de la crisis de 2008― multitud de funcionarios interinos han ido acumulando contratos eventuales que han extendido una precariedad que ha alcanzado a cerca de 800.000 trabajadores públicos según los sindicatos, 310.000 en los cálculos del Ejecutivo. El pacto contra la temporalidad asumido este lunes establece dos caminos para alcanzar el objetivo de rebajar la tasa de temporalidad hasta el 8% (la media que presenta la Unión Europea) desde el 28% actual.

MÁS INFORMACIÓN

¿Cómo se llevará a cabo la regularización de los interinos?

Al comienzo de las negociaciones, desde Función Pública, tal y como reconoció el lunes el propio Iceta, tan solo se contemplaba una reforma del artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) para poner coto a la progresiva acumulación de contratos temporales y limitar esta condición de eventual a un máximo de tres años. Era un parche a futuro, pero que dejaba de lado a los interinos actuales.

Tras semanas de negociación, se decidió incorporarles a este plan de choque a partir del diseño de un proceso de estabilización que sacará a concurso todas las vacantes que se encuentran cubiertas en estos momentos por personal temporal. De esta forma, se pretende recortar los plazos para alcanzar el objetivo pactado con Europa (2024), y no dejar a nadie atrás. “Buscamos una solución práctica, justa y que cumpla con la legalidad para los cientos de miles de personas que ocupan puestos estructurales, pero que han llegado a ellos ocupando diversos contratos de interinidad”, indicó Iceta.

¿Cuál será la fórmula empleada para la asignación de las plazas?

La fórmula que se empleará para vehicular la regularización de los interinos será la del concurso-oposición. Un mecanismo híbrido en el que existirá una parte teórica y otra de acreditación de méritos. Para la primera, que tendrá carácter eliminatorio ―algo que disgusta a varias organizaciones de interinos―, y un peso de 60% sobre la valoración total, se ha acordado establecer distintas fórmulas que flexibilicen la composición de estos exámenes para favorecer su elaboración, por ejemplo, a través de juntar distintas materias y ejercicios en un solo apartado.

Sin embargo, es en la parte de acreditación de méritos ―que reparte el otro 40% restante― donde se recoge una de las principales novedades: la experiencia acumulada durante años en la Administración tendrá un peso mayoritario por encima de otras credenciales. Su valor será, como mínimo, del 50%, por lo que trasladado al cómputo final de la nota será de un 20%. Por medio de esta fórmula se pretende facilitar el acceso de los interinos a las plazas que han venido ocupando regularmente. Aun así, cabe recordar que cualquier opositor podrá presentarse a este proceso, ya que no existe ninguna restricción que lo impida.

¿Qué pasa si no se aprueba el proceso?

En el caso de que algún interino aspirante a consolidar su plaza y adquirir el rango de funcionario de carrera no supere el proceso de concurso-oposición será asistido por dos vías: una económica y otra laboral. Por primera vez en la historia, los funcionarios interinos que vean extinta su relación laboral tendrán derecho a una compensación. Por ello, quienes no logren consolidar sus plazas recibirán una indemnización de 20 días por año trabajado (con un límite de 12 mensualidades) y, además, serán incorporados automáticamente en una bolsa de trabajo específica con la que se favorezca su regreso a la Administración en un futuro cercano.

El hecho de que todos aquellos interinos en fraude de ley ―los que suman más de tres años encadenando contratos temporales― tengan que ser compensados al ser rescindida su vinculación laboral sitúa a las Administraciones en una tesitura desconocida. Tanto Gobierno como sindicatos entienden que esta medida tendrá efectos disuasorios en ellas y evitará que se reproduzcan abusos como los actuales en el futuro. Señalan que, ante la previsión de tener que dedicar una elevada cuantía en indemnizaciones, priorizarán consolidar estas plazas por medio de procesos de estabilización.

¿Se recoge alguna medida para evitar que la temporalidad se reproduzca en el futuro?

La primera medida para rebajar la tasa de temporalidad en el sector público tiene que ver con el hecho de que el proceso de estabilización ha de estar resuelto y ejecutado para 2024. Sin embargo, el acuerdo establece la reforma del artículo 10 del EBEP para evitar que los males presentes se trasladen al futuro. A partir de su aprobación tan solo existirán cuatro supuestos en los que será posible el nombramiento de personal interino: por vacante cuando no sea posible hacerlo por personal funcionario de carrera y con una duración máxima de tres años desde el nombramiento; por sustitución transitoria de titulares el tiempo estrictamente necesario; para la ejecución de programas de carácter temporal, que no superarán los tres años de duración, ampliables por 12 meses más en función de lo previsto en las Leyes de Función Pública que desarrollan el texto refundido del EBEP; y por exceso o acumulación de tareas con un plazo máximo de nueve meses dentro de un periodo de 18 meses.

El texto también establece una mejora de la definición de la figura del personal funcionario interino. “Se refuerza el carácter de temporalidad al descartarse cualquier expectativa de permanencia tras una selección con publicidad y celeridad; se definen las causas de finalización y la duración máxima; y se establece la no discriminación entre el régimen jurídico del personal interino y el personal funcionario de carrera”, indica. Y también se le reconocen los mismos derechos al personal interino que al fijo.

¿Cuándo empezará a aplicarse esta nueva normativa?

A pesar de que este martes haya salido adelante el real decreto ley en el que se regularán todos los apartados mencionados anteriormente, su aplicación será gradual. En primer lugar, porque lo acordado tan solo compete al sector de Administración General de las Administraciones Públicas; mientras que se otorga el plazo de un año para la adaptación de la legislación específica para el personal docente y estatutario de los servicios de salud, que son, precisamente, los dos sectores que mayores tasas de temporalidad concentran en la actualidad (28% y 38%, respectivamente). Comunidades autónomas y entidades locales también tendrán un plazo para adaptar estas medidas a sus circunscripciones.

Una vez comience la tramitación parlamentaria, desde los sindicatos aseguran que el objetivo próximo es precisamente este, el de resolver la aplicación de estas fórmulas en el entorno sanitario y educativo, que son los que han visto cómo se precarizaba su situación de una manera más dramática desde la irrupción del coronavirus. “Hacemos esto por razones de justicia con tantos empleados públicos que han sufrido una situación incierta de temporalidad”, reconoció al respecto el ministro Iceta.


Source link
Salir de la versión móvil