¿Quieres acelerar tu proceso migratorio? Revelan detalles sobre quiénes pueden beneficiarse

Me gradué en mi país, pero soy indocumentado: ¿puedo obtener una licencia profesional y trabajar?


Desde 2020, los inmigrantes indocumentados pueden obtener licencias profesionales y ocupacionales en Nueva Jersey.

La ley del Estado Jardín, la primera en su tipo de la Costa Este, anula la presencia legal en los Estados Unidos como requisito para obtener el documento requerido para profesiones y ocupaciones como contadores, arquitectos, acupunturistas, audiólogos, esteticistas, taquígrafos judiciales, cosmetólogos, médicos, dentistas, ingenieros, inspectores de viviendas, funerarios, enfermeras, terapeutas ocupacionales, optometristas, farmacéuticos, plomeros, agentes inmobiliarios tasadores, trabajadores sociales y veterinarios.

Nueva Jersey, junto con California, Nevada y Nuevo México, se encuentran entre los pocos estados de la nación con una legislación similar. Sin embargo, la ley federal prohíbe que los empleadores contraten a profesionales y trabajadores que residen de forma indocumentada en el país. 

Los inmigrantes indocumentados que buscan obtener un empleo en EEUU ha sido un tema sensible durante años. Y si actualmente te preguntas si obtener una licencia profesional y ocupacional en estados como Nueva Jersey equivale a estar autorizado para trabajar en los EEUU, la respuesta es no. Tu estado migratorio debe ser regulado. 

En este artículo te explicaremos en detalle todo lo que necesitas saber sobre el tema.

¿POR QUÉ TRABAJAR SIN ESTATUS LEGAL PESE A TENER UNA LICENCIA PROFESIONAL SERÍA ILEGAL? 

Quien trabaje sin autorización se estaría exponiendo a recibir una sanción que puede ir desde multas hasta la deportación. 

Para conseguir un trabajo en los Estados Unidos, los no ciudadanos primero deben cumplir con uno de estos requisitos:

  • Disponer de Documento de Autorización de Empleo (EAD).
  • Un permiso de trabajo PERM.
  • Haber obtenido la Green Card o residencia permanente legal.

Si los no ciudadanos cumplen con al menos uno de estos tres requisitos, podrán trabajar legalmente en el país.

MULTAS POR INFRINGIR LA LEY

Pero los trabajadores no solo están expuestos a las sanciones por infringir la ley, también los empleadores. 

Las multas aumentan por cada infracción:

  • $ 375 a $ 2000 por la primera ofensa.
  • $ 3,200 a $ 6,500 por una segunda infracción por cada empleado inducomentado contratado.
  • De $ 4.300 a $ 16.000 por cada empleado indocumentado contratado en caso de que el empleador tenga tres o más delitos.

En general, para los trabajadores indocumentados, se puede pagar una fianza de inmigración para compensar su multa y evitar cargos adicionales.

Los empleadores que violen la ley también estarían sujetos a:

  • Multas que podrían ser consideradas civiles o penales.
  • Exclusiones de contratos gubernamentales.
  • Órdenes judiciales.
  • Deportación.

Si eres un inmigrante que ha viajado a los Estados Unidos con una visa y la utilizas para un uso no autorizado, podrías ser deportado del país. Ese fue el caso reciente de una mujer guatemalteca, quien intentaba ingresar al país tras un viaje a su país. Una revisión de su teléfono celular en el aeropuerto por parte de un oficial de inmigración reveló que trabajó en los Estados Unidos mientras que era titular de una visa de turista, según quedó constatado en sus redes sociales. 

El abogado Matt Adams es el director legal de Northwest Immigrant Rights Project con sede en Seattle.

Para más detalles, visita nuestro artículo relacionado:Cuidado con lo que publicas en internet, el costo sería tan alto como la deportación.

Las barreras de presencia ilegal de 3 y 10 años prohíben que los inmigrantes regresen a los Estados Unidos si han estado en el país como indocumentados o han hecho mal uso de su tipo de visa. 

Los inmigrantes que trabajan ilegalmente en los Estados Unidos usando una visa incorrecta están expuestos a una prohibición de entrada de hasta 10 años, según las leyes federales. 

¿QUIÉN NECESITA UN PERMISO DE TRABAJO?

Solicitar el Documento de Autorización de Empleo (EAD) dependerá de tu estatus migratorio y del tipo de visa estadounidense para la que califiques. 

Estos son los trabajadores que necesitan el EAD:

TRABAJADORES TEMPORALES

Los inmigrantes que cuenten con algún tipo de visa de empleo temporal serán definidos como trabajadores temporales y estarán bajo alguna de las siguientes visas:

H-1B.

H2.

H-2B.

H3.

Y.

L-1.

O visa.

Visa P.

Visa R.

TRABAJADORES PERMANENTES

A diferencia de un trabajador temporal, los trabajadores permanentes podrán permanecer en los EE. UU. indefinidamente mientras continúen trabajando para la misma empresa u organización. Estos requerirán un:

Visa EB-1.

Visa EB-2.

Visa EB-3.

Visa EB-4.

Visa EB-5.

ESTUDIANTES

Los estudiantes podrán trabajar mientras continúan sus estudios, siempre y cuando tengan:

Visa de estudiante F-1.

Visa M-1.

Visa J-1.

Los estudiantes que tengan una visa J-1 requerirán documentos adicionales para el procesamiento de empleo. Tenga en cuenta que:

Si tienes 16 o 17 años, solo podrás trabajar en trabajos que no se consideren peligrosos o riesgosos para tu salud.

Si tienes 14 o 15 años, solo podrás trabajar en trabajos que no se consideren peligrosos y por un número limitado de horas durante el día.

Cientos de miles de casos se encuentran demorados en las oficinas federales.

ASILADOS Y REFUGIADOS

Los asilados y refugiados pueden trabajar legalmente una vez que el EAD sea aprobado. 

ASISTENTES DOMÉSTICOS O PERSONALES

Los extranjeros que vienen a los Estados Unidos acompañando a un ciudadano estadounidense, residente permanente u otro extranjero pueden obtener un EAD si cumplen con los requisitos para una visa B-1.

PROMETIDAS DE CIUDADANOS

Los extranjeros que tengan una visa de prometido(a) K-1 podrán solicitar un permiso EAD. 

INMIGRANTES CON AJUSTE DE ESTATUS PENDIENTE

Las personas que tengan una solicitud pendiente de ajuste de estatus en los Estados Unidos (pendiente de una Tarjeta Verde) podrán solicitar un permiso de trabajo.

INMIGRANTES QUE HAN SIDO VÍCTIMAS DE DELITOS

Las víctimas de delitos extranjeros podrán obtener un permiso EAD si solicitan una visa T para víctimas de trata de personas y una visa U o una visa VAWA para otros delitos.

¿CÓMO SOLICITAR UN DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN DE EMPLEO?

Para solicitar un EAD debes saber si calificas para uno. Posteriormente tendrás que completar los siguientes pasos:

  • Envíe el Formulario I-765 completo, Solicitud de Autorización de Empleo a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
  • Paga $410 en tasa de presentación.
  • Envíe toda la información adicional que le soliciten.
  • Acudir a la cita para los datos biométricos (huellas dactilares, fotografías y firmas).
  • Espere la decisión final sobre su solicitud.

¿PUEDO CONTRATAR A UN INMIGRANTE CON UN NÚMERO ITIN?

El ITIN no es para fines de trabajo, estos números son solo para fines de impuestos federales. Obtener un ITIN no cambiará su estatus migratorio ni le dará derecho a trabajar en los Estados Unidos.


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