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Michoacán | Detienen a una mujer por presuntos ataques al honor contra funcionario municipal

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La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) informó que aprehendió a Cristina “N” por el presunto delito de ataques al honor a través de medios cibernéticos, cometido en agravio de un funcionario público del municipio de Nuevo Parangaricutiro.

La institución señaló que la orden judicial fue ejecutada en contra de la mujer, por su probable responsabilidad en dicho delito, derivado de publicaciones difundidas en redes sociales.

De acuerdo con la FGE, es la primera orden de aprehensión obtenida y cumplimentada en Michoacán por este delito, relacionada con el uso de perfiles apócrifos en Facebook para denostar.

En la carpeta de investigación se estableció que se realizaron diversas publicaciones desde distintos perfiles y grupos en redes sociales, mediante las cuales se emitieron expresiones presuntamente constitutivas del delito, en perjuicio del funcionario municipal.

La Fiscalía informó que la investigación estuvo a cargo de la Unidad de Investigación y Persecución de Delitos a Través de Medios Cibernéticos, en coordinación con la Dirección de Policía Cibernética.

Como parte de las indagatorias, se llevó a cabo una investigación técnica y jurídica exhaustiva, que permitió identificar a la persona administradora del perfil digital desde el cual se realizaron las publicaciones.

La institución mencionó en el comunicado que con los datos de prueba obtenidos, estos fueron integrados y presentados ante un Juez de Control, quien otorgó la orden de aprehensión por el delito de ataques al honor a través de medios cibernéticos.

La FGE dijo que la orden fue cumplimentada por personal de la institución y que, tras su detención, la mujer investigada fue llevada ante el órgano jurisdiccional, el cual resolverá su situación jurídica.

Se desconocen detalles sobre el caso y las circunstancias en las que presuntamente la mujer llevaba a cabo publicaciones contra el funcionario público.

Según el artículo 192 del Código Penal del Estado de Michoacán define que, “comete el delito de ataque al honor, quien realice, participe o consienta cualquier acción que perjudique el honor de una persona hecha ante otras personas o la publicación por cualquier medio de difusión. Para los efectos de este capítulo, el honor es el derecho que tiene la persona a la reputación o a la fama como resultado de las relaciones sociales”.

Asimismo, el artículo 193 del mismo código, establece las penas contra quien cometa este tipo de deiltos, y será una pena de tres a cinco años de prisión y una multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, así como la reparación del daño y se perseguirá por querella. 



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