Nueva ITV a partir del 1 de junio: qué cambia y a cuánto ascenderán las multas


Las vacaciones de verano están a la vuelta de la esquina y todavía hay mucha confusión acerca de las prórrogas para pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) que concedió el Gobierno para los vehículos a los que le cumplía en pleno estado de alarma. De hecho, desde AECA-ITV, asociación que integra la práctica totalidad de las instalaciones de ITV, subrayan que todavía hay muchos conductores que no saben cuándo tienen que pasarla.

De este modo, y ante posibles viajes de ocio, la asociación responde a unas preguntas para intentar esclarecer cuáles son las multas por tener la ITV caducada, que van desde los 200 a los 500 euros.

¿Cómo varían las multas si la ITV está caducada, no se ha pasado o ha sido desfavorable?

De acuerdo con el régimen legal actual, tener la inspección técnica caducada puede conllevar una sanción económica de 200 o 500 euros, dependiendo del caso. Son tres los escenarios posibles:

– Tener la ITV caducada, es decir, tanto circular con el vehículo como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía acarrea una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV.

– Circular con la ITV desfavorable, es decir, seguir circulando con el vehículo pese a que se le detectaron defectos graves que solo le permitirían desplazarse hasta el lugar de reparación genera una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos.

– Circular con una ITV negativa, es decir, seguir circulando con el vehículo al cual se le han detectado defectos muy graves acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de dos meses, para comprobar la subsanación de los defectos.

A esta situación de sanciones por no tener la ITV vigente, hay que añadir la no cobertura de la compañía aseguradora en caso de siniestro, lo que puede originar unos elevados gastos para el propietario del vehículo en función de la gravedad del siniestro.

¿Cuáles son los principales cambios que se introducen a partir del 1 de junio?

De cara a los usuarios, lo más importante es el cambio de gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando no es obligatorio llevarlo o la incorporación del proceso de matriculación para los vehículos procedentes del Reino Unido tras la aplicación del Brexit. También la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del registro general de vehículos de la DGT en caso de no ser presentado en la inspección.

Básicamente se han incorporado aquellos cambios reglamentarios que se han ido introduciendo. Ahora se especifican de una manera más clara y se precisa los procesos de inspección para los operadores de ITV, como, por ejemplo, la comprobación de las emisiones en vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV) o la identificación de las motocicletas con sistemas avanzados de control de emisiones

¿Qué consejos le darían al conductor a la hora de acudir a la ITV en esta situación excepcional?

Las estaciones de ITV han tomado todas las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades competentes y asegurar así que sus instalaciones sean lugares seguros.

En esta nueva versión 7.5.0. del Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV se mantiene la línea de reducir al máximo el contacto entre el inspector y el usuario. Por su parte, aunque no es obligatorio en todas las estaciones, desde la asociación seguimos recomendando atender con cita previa para así reducir al mínimo el tiempo de espera en las instalaciones, así como que únicamente acuda el conductor del vehículo, sin acompañante.

Hay que recordar que no es necesario que el usuario se baje del vehículo, pues toda la documentación la recibirá directamente el inspector antes del inicio del procedimiento y se le entregará al finalizar, junto con el informe de inspección y la pegatina de ITV.

¿Sigue habiendo lío con las prórrogas por el estado de alarma?

Lamentablemente, sí. Todavía son muchos los conductores que siguen sin tener claro cuándo deben pasar la ITV en este 2021. Desde AECA-ITV hemos estado trabajando de forma constante para aclarar todas las dudas generadas antes y después de que el pasado 2 de marzo se acabara el plazo excepcional de las prórrogas para pasar las inspecciones técnicas caducadas durante el primer estado de alarma.

Recomendamos a los conductores que verifiquen la fecha de vencimiento de la ITV en la ficha técnica del vehículo, en la pegatina de vigencia de la ITV situada en el parabrisas o por medio de la app de Tráfico ‘miDGT’, así como seguir los mensajes y recomendaciones de su estación ITV.

Debemos recordar que en la orden del Ministerio de Sanidad de mayo de 2020 se establecía que se “tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma”. Esto significa que, aunque un vehículo haya pasado la inspección después de su fecha habitual, este año deberá volver a hacerlo en el momento en que le tocaba desde un inicio, aunque esto signifique que no ha pasado un año desde la última inspección.

Por ejemplo, en el caso de un turismo de más de 10 años de antigüedad que le caducó la ITV el 16/04/20 y pasó la ITV el 02/06/20, deberá realizar la próxima inspección técnica antes del 16/04/21.

¿Cuándo se prevé que las inspecciones vuelvan a la normalidad?

En la actualidad, gracias al esfuerzo realizado por las administraciones y, muy especialmente, por los operadores de ITV, que reforzaron las plantillas, ampliaron los horarios de apertura, se adaptaron los procedimientos a las recomendaciones sanitarias y modificaron sus procedimientos y sistemas de gestión para ofrecer un servicio seguro, se puede afirmar que el porcentaje de vehículos afectados por el estado de alarma pendientes de realizar la ITV es muy pequeño o casi nulo.

El problema actual es el alto grado de vehículos que no pasan la ITV habiendo caducado el periodo de vigencia de la anterior. Como referencia, en el último mes más de un millón de vehículos que tenían que haber realizado la ITV no lo han hecho, afectando claramente a la seguridad vial y a la protección del medioambiente independientemente de las posibles consecuencias que tiene desde el punto de vista de sanciones y de perdida de coberturas del seguro del vehículo.

Cita previa

La cita previa se gestiona directamente desde las propias las empresas asociadas a AECA-ITV. Puede concertarse vía telefónica, vía online, desde apps, etc.

Desde el siguiente enlace se pueden consultar los datos de las entidades integradas en AECA-ITV y acceder a sus páginas web para ver las diferentes formas de concertar cita previa: https://www.aeca-itv.com/asociados/


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