Un grupo de abogados asesores logró obtener una resolución judicial que ordena a las autoridades del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México implementar ajustes razonables para que personas con discapacidad puedan acceder a las instalaciones de forma autónoma, segura, incluyente, igualitaria y sin discriminación.
El fallo fue emitido por la Jueza Celina Angélica Quintero Rico, titular del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
Según los detalles compartidos con Aristegui Noticias por los demandantes, el fallo reconoce que aunque el Metro de la capital cuenta con elevadores y escaleras eléctricas en algunas estaciones, muchas veces estas instalaciones no funcionan, dejando a personas con movilidad reducida sin opciones para desplazarse de manera autónoma.
La sentencia establece que esta situación constituye una barrera para el acceso igualitario al sistema de movilidad más importante de la ciudad.
“Por ende, el Metro de la Ciudad de México sigue siendo un espacio en donde las personas con discapacidad no tienen acceso en igualdad de condiciones al sistema de movilidad, pues no les es posible desplazarse de manera libre, autónoma y en condiciones seguras.”
Ante esta problemática, la juez ordenó que las autoridades del Metro implementen de manera inmediata los ajustes necesarios para garantizar el acceso en igualdad de condiciones, con la instrucción de que dichos ajustes sean producto de diálogo y negociación con las personas con discapacidad y no una decisión unilateral de las autoridades.
La sentencia especifica varias medidas a implementar por parte del Metro, incluyendo la creación de un programa permanente de accesibilidad universal en sus instalaciones, el cual deberá estar diseñado para asegurar que las personas con discapacidad puedan hacer uso del sistema con la mayor autonomía posible.
Además, se ordenó una vigilancia adecuada para garantizar el funcionamiento de la infraestructura y la implementación de medidas para concientizar al personal operativo del Metro sobre los derechos de accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad.
“Las autoridades tendrán que acreditar la implementación en el Sistema de Transporte Colectivo Metro, de un programa permanente de accesibilidad universal en sus instalaciones, a efecto de garantizar el derecho a la movilidad para asegurar que las personas quejosas puedan hacer uso del Metro con la mayor autonomía posible”, establece la sentencia.
Asimismo, las autoridades tienen un plazo de quince días hábiles, a partir de la notificación de esta resolución, para demostrar el cumplimiento de estos requerimientos ante el Juzgado Decimoséptimo de Distrito. En caso contrario, deberán responder por la falta de ejecución de la sentencia, según lo dispuesto en el artículo 77, fracción II, de la Ley de Amparo.
La resolución se dio gracias a un amparo presentado por un grupo de cuatro jovenes abogados (Diego Berry Pérez, Mauricio Domínguez, Sebastián Ruiz, José Miguel Gómez Bojorges), recién egresados de la Universidad Nacional Autónoma de México.
“Estamos muy felices con este logro, porque creemos que esta es la mejor forma de ejercer el Derecho: contribuyendo a mejorar nuestra sociedad y visibilizando problemas que para muchos son invisibles”, celebraron en X.
Revisa la sentencia completa aquí:
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