La Fiscalía de Perú informó que acusará al expresidente Pedro Castillo por el delito de rebelión.
La fiscalía informó en comunicado que Castillo será procesado por “quebrantar el orden constitucional”.
Afirmó que el delito se encuentra en el artículo 346 del Código Penal, que dice:
El que se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años.
La diligencia de detención se llevó a cabo en la Prefectura de Lima y fue supervisada por la fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas.
Estuvieron a cargo del procedimiento de detención, el fiscal adjunto supremo Marco Huamán Muñoz, del Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación; y la fiscal superior Marita Barreto Rivera, del Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder.
Como parte de la diligencia, se dispuso realizar al detenido el reconocimiento médico legal sobre su estado de salud actual, a cargo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público.
Benavides Vargas leyó un pronunciamiento de la Junta de Fiscales Supremos en el que expresaron su rechazo al “quebrantamiento del orden constitucional”:
Condenamos el quebrantamiento del orden constitucional. La Constitución Política del Perú consagra la separación de poderes y establece que el Perú es una república democrática y soberana (…)
Ninguna autoridad puede ponerse por encima de la Constitución y debe cumplir sus mandatos constitucionales”, señaló el comunicado.
Castillo Terrones fue destituido la Presidencia de la República por el pleno del Congreso de la República, horas después que anunció en un mensaje que disponía la disolución del Congreso y la reorganización del Poder Judicial, el Ministerio Público, Junta Nacional de Justicia y el Tribunal Constitucional.
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