Personas con discapacidad pueden presentar querella penal sin necesidad de tutor: SCJN

Personas con discapacidad pueden presentar querella penal sin necesidad de tutor: SCJN

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 226 del Código Nacional de Procedimientos Penales que indica que las personas con discapacidad no pueden presentar querella penal por sí mismas. 

En su fallo, la SCJN considera que en el reconocimiento completo de la personalidad jurídica en igualdad de condiciones, las personas discapacitadas ya no necesitarán de un tutor o representante legal para presentar una querella penal. 

“Este tipo de regulaciones reflejan claramente una concepción de la discapacidad alejada del modelo social de los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, pues se utiliza un lenguaje discriminatorio y estigmatizante en su redacción, de la cual se desprende que las personas con discapacidad por la simple razón de tener una diversidad individual no son capaces de comprender, en este caso, el delito del que fueron o son víctimas u ofendidos”, argumentan. 

Foto: Twitter (SCJN)

Esta estigmatización ignora “la manifestación de su voluntad y, por tanto, el ejercicio de su capacidad jurídica”. 

Por lo tanto, la Primera Sala precisó la inconstitucionalidad de la parte del artículo  226 del Código Nacional de Procedimientos Penales en el que se menciona que las personas con discapacidad “no tienen capacidad para comprender el significado del hecho”. 

Al eliminar esta parte, se permite que las personas con discapacidad formulen su querella y que, en caso de ser necesario, se adopten las salvaguardias o apoyos necesarios. 

“Dicha presentación ya no tendrá como base una regla legal de sustitución automática de la voluntad como la prevista en la porción normativa declarada inconstitucional”.  

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México hay casi 8 millones de personas con discapacidad.


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