La Suprema corte de Justicia de la Nación (SCJN) emprenderá el debate para definir si ampara Laura Morán y Alejandra Cuevas Morán, sobre quienes pesan acusaciones de homicidio por falta de cuidados a Federico Gertz Manero, en un proceso que litiga Alejandro Gertz Manero, fiscal general de la República.
El proyecto con el que partirá el debate propone amparar a las dos mujeres por considerar que la orden de aprehensión se giró sin justificar la probable responsabilidad de las mujeres en la comisión del delito de “homicidio doloso de concubino”.
El documento fue elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán y su equipo, se ha distribuido a los demás integrantes del máximo tribunal pero no se ha hecho público de manera oficial.
En su parte central, el ministro encuentra una “inconsistencia” clave por parte de la jueza: el expediente incluye una gran cantidad de pruebas y testimonios que apuntan que las mujeres llevaron a Federico Gertz a varios médicos, le proporcionaron medicinas y le contrataron cuidadores especializados.
Aún así, la juzgadora concluyó que hubo una probable “comisión por omisión“, ya que no se le concedieron cuidados y atenciones médicas, “incluso, porque (la acusada) se opuso a que se le proveyeran medicamentos y lo trató como si ya no tuviera posibilidad de curación”.
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Es claro el argumento contradictorio en que incurrió la jueza penal, ya que, por una parte, afirma que la imputada cuidó al enfermo y, por otra, lo niega.
El documento (que comenta el propio Gertz Manero en llamadas filtradas recientemente) dice que la conclusión a la que llegó la jueza “no está suficientemente analizada y soportada en la totalidad de los elementos aportados a la averiguación previa”.
El proyecto afirma que la jueza se limitó a sostener que las pruebas “demostraban la probable responsabilidad”, porque la indiciada no cumplió con su deber de cuidado para con Federico Gertz.
Según esta versión, las acusadas “se oponía a que le suministraran medicamentos, dándole el trato de desahuciado, sin trasladarlo a un hospital para que fuera atendido, lo que se hizo patente cuando manifestó que lo quería desconectar de los aparatos para que ya no sufriera”.
Sin embargo, la juzgadora da por hecho esas conclusiones sin describir de forma precisa las pruebas y elementos que la llevaron a pronunciarse en ese sentido. Por ejemplo: “la jueza responsable nada describió sobre la forma en que la indiciada se negó a trasladar al enfermo a un hospital, es decir, no expuso en qué contexto estuvo en condiciones de discernir o de decidir que ese traslado era lo que procedía, pero se rehusó o determinó no hacerlo. Y, finalmente, dicha juzgadora tampoco describió el momento, las circunstancias específicas y ante quién la hoy quejosa expresó que su intención era desconectar al enfermo de aparatos, pues ni siquiera precisa a qué aparatos se refiere”.
Para el ministro Pérez Dayán la jueza hizo una “afirmación dogmática”, ya que no explica los hechos ni las declaraciones, informes u opiniones profesionales que la llevaron a girar la orden de captura.
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Efectos
Aunque el ministro le da la razón a las dos mujeres y propone eliminar la orden de aprehensión, la victoria jurídica no implicaría su liberación inmediata, ya que plantea que la jueza original revise el caso de nuevo y corrija las irregularidades.
En el sector de efectos, el ministro propone que se dicte otra resolución, a favor o en contra de la acusada, pero “purgando las deficiencias formales” detectadas, además de que deberá fundar y motivar suficientemente la decisión que adopte, en particular para justificar de manera precisa las conductas que se atribuyen a la acusada y examinando las atenciones médicas que se dieron al hoy occiso, tanto en relación y con la hipótesis de culpabilidad como con la de inocencia.
Aquí el documento:
Proyecto de resolución 540-2021 by Sebastián Barragán on Scribd
¿Qué sigue?
Este proyecto solo es la visión del ministro que lo elabora, Alberto Pérez Dayán.
Los demás ministros y ministras lo están estudiando y pueden llegar a cualquier otra determinación, sobre el fondo del asunto y sobre sus ‘efectos’.
En el caso más radical pueden conceder un amparo ‘liso y llano’ que libere definitivamente a las mujeres y evite cualquier otro proceso. En otro extremo pueden darle la razón a Gertz Manero y decidir que el proceso se ha llevado con apego al marco legal.
Las posturas de los 11 ministros y ministras se revelarán en sesión pública programada para el 14 de marzo.
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