El verano es una época donde nos movemos con más asiduidad en coche y necesitamos ir cómodos para que el calor no pueda con nosotros. Los desplazamientos en coche se van a multiplicar durante la época estival y también la utilización de calzado más conveniente para el verano.
Pero, ¿podemos conducir con chanclas? La respuesta a día de hoy no resulta sencilla ya que, aunque no está tipificado como una infracción, la utilización de este tipo de calzado puede acarrear una multa para los conductores.
No está específicamente prohibido conducir con chanclas, pero puedes ser sancionado por no ser capaz de mantener la libertad de movimientos para controlar bien los pedales
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— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) July 5, 2020
Según la ley, » El conductor del vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados» tal y como estipula el Artículo 18.1.
Conducir con chanclas por tanto, podría limitar la capacidad de movimientos del conductor, por lo que podría acarrear multa si la policía lo tiene en cuenta. Estas sanciones podrían llegar a ser de hasta 200 euros.
Otras sanciones de verano
Durante esta época de verano, proliferan una serie de sanciones que durante el resto del año son más complicadas de ver. Por ejemplo, el conducir sin camiseta podría ser sancionado con hasta 100 euros y sin la pérdida de puntos del carnet: «No usar camiseta podría producir heridas en caso de activarse el cinturón de seguridad» estipula el Reglamento General de Circulación.
En cuanto a conducir con gorra, gorros o pamelas, la ley establece que, mientras no coarten la libertad de movimientos del conductor y que las orejas y la vista estén destapadas en todo momento, no sería sancionable.
Distracciones al volante
Otra de las advertencias que este año hace la DGT es la necesidad de estar pendientes de la carretera en todo momento. Elementos como el móvil, el GPS o los auriculares, utilizados de manera manual y no remota pueden constituir una falta grave con sanciones de hasta 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet.
RECUERDA:
Es INFRACCIÓN GRAVE conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, auriculares… que disminuyan la obligatoria atención permanente a la conducción (Ley de Seguridad Vial).
Sanción 200 €.
Pérdida 3 puntos.
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— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 6, 2021