Cuando hablamos del pluralismo político, hablamos de que la vida política está basada en diversidad ideológica y la libertad de expresión. En este sentido, la Constitución Española, considera que el pluralismo político es un valor que podríamos decir que es superior en el ordenamiento y que está unido con el principio de libertad, la igualdad ante la ley y al principio de justicia. El pluralismo político está vinculado a la libertad, lo que asegura la participación en los asuntos públicos y la constitución y funcionamiento de partidos políticos.
Profundizando en el pluralismo político
En nuestro país los partidos políticos se constitucionalizaron de forma tardía. La Constitución de 1978 fue el primer texto de carácter constitucional español que recogió los partidos políticos expresamente, dándoles funciones importantes y vitales para el funcionamiento de un Estado en democracia.
Los partidos representan el abanico de opciones políticas existentes, sociales, de naturaleza ideológica o filosófica. Como dice la CE, los partidos concurren a que se forme y manifieste la voluntad popular y son también el instrumento fundamental para la participación política.
Son, son duda, responsabilidades importantes que la Constitución Española otorga a los partidos, que tienen que tener su organización y funcionamiento interno de manera democrática.
El partido político lo que hace es orientar sus actividades para conquistar el poder político. La labor de los partidos, la actividad de las campañas, su presencia en la política, no iban a ser buenas, desde el punto de vista democrático, de no desarrollarse en un ámbito de libertad.
El voto y el pluralismo político
Captar votos es legítimo, pero tiene que ir acompañado de la debida labor de información, así como de la búsqueda de la cultura política. Sería una mentira pedir el voto a ciudadanos no informados que no supieran del significado de la campaña, el papel que tienen los candidatos o de la propia naturaleza de las elecciones.
Aunque la elección de los cargos públicos mediante sufragio universal es un requerimiento inherente a los principio democráticos, para que las elecciones tengan legitimidad, es preciso un marco jurídico capaz de garantizar el respeto y protección de la totalidad de derechos y libertades publicas que afectan a la participación.
La Constitución Española (CE) proclama los derechos y libertades esenciales en el ámbito democrático en la sección primera del capítulo segundo del Título I, que es donde se recogen los derechos fundamentales y libertades públicas: libertad de expresión, derecho de reunión y manifestación, derecho de asociación, acceso a cargos públicos, la periodicidad de las elecciones y el derecho al voto.
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