Reflexión sobre los juicios por delitos sexuales

El abogado Jorge Albertini, que representa a la víctima de la violación múltiple de 'la manada de Sabadell', antes del juicio en la Audiencia de Barcelona.
El abogado Jorge Albertini, que representa a la víctima de la violación múltiple de ‘la manada de Sabadell’, antes del juicio en la Audiencia de Barcelona.EUROPA PRESS / Europa Press

El juicio por la presunta violación en grupo a una joven en Sabadell (Barcelona) ha puesto de relieve las dificultades de la justicia para evitar que las víctimas de algunos tipos de delitos graves, y en especial de delitos sexuales, se vean sometidas a un proceso de revictimización. Durante su declaración como testigo en la Audiencia de Barcelona el pasado martes, la mujer, que tenía 18 años cuando ocurrieron los hechos, se vio sometida a un interrogatorio notablemente áspero y que invita a la reflexión. La premisa de la misma es que el proceso penal es, en su esencia, un entramado de garantías. Por muy dolorosas que sean algunas circunstancias, por mucha empatía que susciten ciertas situaciones, ningún elemento necesario para sostener todas las garantías puede ser soslayado o menoscabado.

Sin embargo, esto no significa que algunas actitudes no deban ser cuestionadas. La aspereza de la vista de Sabadell merita una ponderación. La dureza de los interrogatorios de los abogados defensores de los acusados es más comprensible a la vista de su función; menos lo es la del ministerio público. En parte por la reiteración de preguntas sobre detalles accesorios —que pusieron en aprietos a la declarante y añadieron ruido innecesario a sus palabras claras y desgarradoras—; y además por el tono empleado: frío, duro, distante, sin una pizca de cercanía. La fiscal de sala delegada de violencia contra la mujer, Pilar Martín, criticó a su compañero por actuar “sin sensibilidad ni empatía”. En una muestra de la complejidad de este tipo de situaciones, el abogado de la presunta víctima consideró en cambio adecuado el interrogatorio.

En cuanto al fondo del caso, precisamente la declaración de la mujer —creíble, firme, sostenida en el tiempo, tal como exige la jurisprudencia— es la base que induce al propio fiscal a solicitar elevadas penas de prisión para los cuatro acusados (de entre 37 y 41 años) por delitos de agresión sexual con penetración. Aunque la víctima sostiene que fue violada de forma consecutiva por tres hombres en una antigua nave ocupada de la ciudad, solo uno de los cuatro que se sientan en el banquillo —otro sospechoso de cometer la violación se dio a la fuga y el último nunca pudo ser identificado— está acusado como autor material. Los otros tres son cooperadores necesarios, según el fiscal que, para asegurar el armazón intelectual de su escrito de acusación, pareció por momentos olvidar la desgarradora posición de la declarante. España ha hecho un gran recorrido de concienciación en las últimas décadas en esta materia. Cabe exhortar a proseguir en esa senda, desarrollando al máximo la finura de la actuación de los protagonistas del proceso penal en cierto tipo de casos. Aunque sin retroceder ni un milímetro en el respeto de las garantías y los elementos necesarios para acercarse a la verdad.

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