Va faltando menos para que arranque la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2021, que este año dará comienzo el día 6 de abril hasta el 30 de junio. Una de las principales novedades es el cambio de los tramos -porcentajes- del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que pasan a ser seis en vez de cinco.
PSOE y Unidas Podemos pactaron incluir en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 una subida impositiva para las rentas más altas y, en conjunto, afectarán a cerca de 36.200 contribuyentes, un 0,17% del total. El nuevo tramo (el sexto) aplicable contempla un aumento de dos puntos del tipo estatal que grava las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, hasta el 47%.
De esta forma, los tramos del IRPF para las rentas del trabajo en el ejercicio 2021 quedan así:
1. Primer tramo hasta 12.450 euros en el que se paga un 19%.
2. Segundo tramo hasta 20.200 euros con tipo del 24%.
3. Tercer tramo hasta 35.200 euros con un 30%.
4. Cuarto tramo hasta 60.000 euros con un 37%.
5. Quinto tramo hasta 300.000 euros con un 45%.
6. Sexto tramo (novedad) a partir de 300.000 euros de 47%.
El IRPF es un impuesto progresivo que funciona por tramos, es decir, va aumentando según crecen los ingresos. Por ejemplo, a un trabajador con una base liquidable de 30.000 euros se le aplican los tipos entre tramos. Es decir, los primeros 12.450 euros se gravan al 19%. A los siguientes 7.750 euros (de 12.450 euros a 20.200 euros) se les aplica un tipo del 24%, y a los siguientes 9.800 euros, hasta llegar a los 30.000 euros del salario, corresponden un 30%.
Retenciones en la nómina
Las rentas más importantes que reciben la mayoría de los españoles son las del trabajo a través de la nómina. Es por eso que Hacienda tiene establecido un sistema de retenciones mensuales que deben aplicar obligatoriamente las empresas a sus trabajadores para satisfacer el pago del IRPF. A la hora de calcular estas retenciones que aparecen en la nómina, se tienen en cuenta varios factores como pueden ser cuantía del salario, discapacidades, situación familiar, duración del contrato, etc.
A lo largo del año es conveniente estar atento a las retenciones del IRPF en la nómina. “Son un adelanto que hacemos a Hacienda sobre lo que corresponderá pagar en la declaración de la renta. En la medida de lo posible, intentan aproximarse al pago final que debemos de hacer, pero no siempre coinciden y hay que ir con cuidado”, advierten en Bankinter.
Si las retenciones del IRPF en la nómina son menores a lo que corresponde pagar en la renta, entonces al hacer la declaración saldrá a pagar. Cuando las retenciones realizandas han sido más altas de lo que corresponde, sale a devolver (es cuando Hacienda devuelve dinero al contribuyente).
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