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SCJN avala desaparecer fondo mínimo para atender víctimas


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó declarar inconstitucional un artículo de la Ley General de Víctimas, reformado en 2020, que eliminó el fondo mínimo para la reparación integral y atención a víctimas del delito.

El proyecto del ministro Giovanni Figueroa recibió cinco votos a favor y cuatro en contra, pero necesitaba un mínimo de seis votos a favor para excluir del marco jurídico la nueva redacción del artículo.

El proyecto apuntaba que el artículo era contrario al principio de progresividad, al no garantizar la reparación integral del daño a víctimas de delitos o de violaciones graves a derechos humanos.

El ministro argumentaba que ya existía una sentencia de la Corte, en su anterior integración, que reconocía que la reforma había sido regresiva, al eliminar un porcentaje mínimo del presupuesto para el fondo destinado a ayudar a las víctimas.

Sin embargo, cuatro ministros se pronunciaron por mantener la actual redacción del artículo.

La ministra Lenia Batres se pronunció por mantener la redacción aprobada por el órgano legislativo, que aclaró, no es la Suprema Corte, y afirmó que no hay víctimas quejándose de la falta de recursos para la reparación de daños.

Dijo que con este diseño se protege de mejor manera a las víctimas, además de que el fondo ha recibido más recursos.

La votación final fue cinco en contra (Sara Irene Herrerías Guerra, Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, Lenia Batres Guadarrama y Aristides Rodrigo Guerrero García) y cuatro a favor (Yasmin Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Azael Figueroa Mejía y Hugo Aguilar Ortiz).



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