Se activa fase preventiva por ozono en el Valle de México: Came

Se registró un valor de 103 puntos del índice de calidad del aire de ozono en la estación UAM Xochimilco, en la alcaldía Coyoacán.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) informó este miércoles la activación de la fase preventiva por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Alrededor de las 16:00 horas se registró un valor de 103 puntos del índice de calidad del aire de ozono (98 ppb), en la estación UAM Xochimilco, en la alcaldía Coyoacán.

Lo anterior debido a la radiación solar que incidió en la zona sureste de la cuenca, combinada con la estabilidad atmosférica generada por el sistema de alta presión débil que afecta al centro del país y con el transporte de los contaminantes hacia la zona sureste del Valle.

En un comunicado, Came informa que la fase preventiva por ozono se activa en cumplimiento al acuerdo del 26 de junio de 2019, dictado por el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dentro de los autos del juicio de amparo indirecto 937/2019, a través del cual concede la suspensión provisional para los siguientes efectos:

“… Así, de conformidad con los artículos 138, fracción 1 y 147 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional para el efecto siguiente:

Tomando en consideración que las normas oficiales mexicanas NOM-020-SSA1-2014 y NOM-025-SSA1-2014, son de observación obligatoria en todo el territorio nacional, para las autoridades federales y locales que tengan a su cargo la vigilancia y evaluación de la calidad del aire, quienes deberán tomar como referencia los valores e indicadores establecidos en ellas con la finalidad de proteger la salud de la población, entonces, las autoridades responsables deberán decretar las fases preventivas y de contingencia ambiental conforme a las normas oficiales mexicanas referidas, en caso de llegar a los valores ahí establecidos.

Lo anterior, no implica dejar sin efecto los ordenamientos reclamados, sino que únicamente se posterga su aplicación en lo que se resuelve el juicio de Amparo, tomando en consideración que existen otras fuentes jurídicas que resulten aplicables y que están vigentes”.

Medidas y recomendaciones para proteger la salud de la población cuando se superan los 100 puntos de ozono:

Medidas aplicables en salud y recomendaciones a la población:

· Mantenerse informados sobre el estado de la calidad del aire.

· Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como el ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas, ya que algunas de estas actividades pueden incrementar la dosis de contaminantes inhalados.

· Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.

· Se recomienda reducir el uso de productos que contienen compuestos orgánicos volátiles (solventes), tales como: pinturas en aerosol, pinturas base aceite, barnices, aromatizantes y limpiadores domésticos, entre otros.

· Se prohíbe la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para adiestramiento y capacitación de personal.

· Se recomienda reducir el uso del vehículo particular, compartir el auto y utilizar el servicio de transporte público.

· Revisar y reportar fugas de gas de manera inmediata, a los teléfonos:

a) Ciudad de México, Locatel: 56-58-11-11.

b) Estado de México, Centro de Atención Telefónica: 01-800-6969-696

· Reportar cualquier tipo de incendio de manera inmediata:

o Centro Estatal y Combate de Control de Incendios Forestales: 56-30-53-60

o Comisión Nacional Forestal: 55-54-06-12, 26-15-00-42, 01-800-80-77-100

o Heroico cuerpo de Bomberos: 068 y 57-68-25-32

o PROBOSQUE: 01-800-590-17-00

o Centro de comando PROBOSQUE: 01-722-878-98-58

Medidas y acciones a cargo del gobierno:

· Las autoridades de salud en el ámbito de sus competencias, difundirán las recomendaciones de protección a la salud.

· Intensificar la vigilancia y el combate de incendios en zonas agrícolas y forestales.

· Suspender las obras que obstruyan o dificulten el tránsito, con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes.

· Reforzar la detección y sanción de vehículos ostensiblemente contaminantes, de vehículos sin verificación o que circulan el día que no les corresponde.




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