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¿Se puede decretar el estado de alarma solo en la Comunidad de Madrid?


El Gobierno no espera más. El presidente Pedro Sánchez ha convocado un Consejo de Ministros extraordinario para este viernes con el fin de decretar el estado de alarma en Madrid durante 15 días, el tiempo que permite la Constitución al Gobierno para este mecanismo de extrema urgencia, si el Ejecutivo regional no toma antes decisiones para restablecer las restricciones anuladas por la justicia. A partir de ahí, cualquier prórroga debería ser aprobada por el Congreso. Esta decisión llega tras el revés sufrido por el Ejecutivo tras la decisión del Tribunal superior de Justicia de Madrid de denegar la ratificación del cierre impuesto por el Ministerio de Sanidad para frenar los contagios al entender que suponen “una injerencia en los derechos fundamentales sin habilitación legal que la ampare”. Al no contar con el aval judicial, no se podía multar a los incumplidores y quedan en papel mojado los confinamientos perimetrales a 4.786.948 ciudadanos que, desde el pasado viernes por la noche, no podían salir de sus municipios salvo excepciones y con justificante.

Al regresar a última hora de la tarde de un viaje a Argelia, Sánchez, según informa La Moncloa, ha llamado a la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, para ofrecerle tres posibles salidas. “1. Que la Comunidad de Madrid, como autoridad competente en materia sanitaria, dicte una Orden al amparo de lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. 2. Que solicite la declaración del estado de alarma para que sea el Gobierno de España conjuntamente con la Comunidad de Madrid quien lo declare y ratifique las medidas en cuestión. 3. Que sea el Gobierno de España quien declare el estado de alarma, sin necesidad de que se formule previamente una solicitud”.

Según La Moncloa, en cualquiera de los tres casos “las medidas serían exactamente las mismas que ya se venían aplicando”, y solo cambiaría la cobertura jurídica. El Gobierno da así un ultimátum a Ayuso: o lo aplica ella o lo aprueba el Consejo de Ministros, que se convocó en un primer momento a las 8.30 pero se ha retrasado a las 12.00. Esa sería por tanto la hora límite para que la Comunidad de Madrid tome una decisión. Según esta versión del equipo de Sánchez, Ayuso, en una segunda conversación, “le ha dicho al presidente que necesita tiempo”. La Moncloa deja claro en su comunicado cuando acaba ese plazo: este viernes por la mañana. “Este viernes habrá, por lo tanto, un Consejo de Ministros extraordinario por la mañana e informaremos de su hora”, termina el comunicado del Ejecutivo, dejando abierta la convocatoria que sin embargo los ministros han recibido para las 12.00. Sánchez tiene previsto viajar a Barcelona a primera hora para acompañar al Rey en una visita que tiene un acto convocado a las 10.30, y de momento mantiene esa agenda.

Ayuso ha contestado por twitter: “a las 22:15h. he quedado con Pedro Sánchez en hablar mañana. A primera hora nos reuniremos en la Comunidad de Madrid para ver alternativas. Nuestras zonas básicas estaban funcionando y pueden ser lo mejor. Esperamos pactar una solución que beneficie a los ciudadanos y dé claridad”.

La decisión de aprobar un estado de alarma de forma unilateral permitiría al Gobierno rescatar las medidas tumbadas por los tribunales ―no salir del municipio donde se vive salvo para ir a trabajar o excepciones justificadas— y en ningún caso representa volver a los confinamientos decretados durante los meses de marzo, abril y mayo. Si el Ejecutivo ve necesario prorrogar la alarma más allá de esos 15 días tendrá que solicitarlo al Congreso y lograr la mayoría de la Cámara.

La urgencia para tomar medidas es absoluta porque este viernes arranca el puente del 12 de octubre y sin medidas extra miles de madrileños estarían autorizados a marcharse a lugares de descanso por toda España.

El Ejecutivo ha intentado durante todo el día buscar un acuerdo con la Comunidad de Madrid para aplicar este estado de alarma o cualquier otra fórmula, pero el Gobierno de Díaz Ayuso ni siquiera ha querido reunirse con el ministro de Sanidad, Salvador Illa. Durante toda la tarde se han realizado varios intentos pero al comprobar que el Ejecutivo regional posponía a mañana la cita y no estaba claro su resultado, el Ejecutivo ha optado por una solución que descartó decenas de veces desde julio: aplicar un estado de alarma sin acuerdo con la Comunidad de Madrid, el peor escenario posible. Aún así, Sánchez ha llamado a Ayuso para darle esta última oportunidad de que sea ella quien aplique las medidas, pero tienen que ser las que estaban previstas en el acuerdo que se aprobó en el consejo interterritorial y que los tribunales han echado abajo.

“El Gobierno verá lo que hace”, han asegurado esta noche fuentes de la Comunidad de Madrid. Las mismas fuentes confirman que mañana la Comunidad continuará con su plan y lanzará la orden con sus medidas sanitarias, informa Manuel Viejo. El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha opinado en una entrevista con TVE que si Sánchez declara el estado de alarma “vuelve a faltar a su palabra porque no está consensuado con la Comunidad de Madrid”.

La presidenta de la Comunidad de Madrid había pedido este jueves a los ciudadanos que no salgan de la región y había anunciado medidas “sensatas, justas y ponderadas”, mientras que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, avanzó también este jueves en el Congreso que el Gobierno estaba estudiando “las decisiones jurídicas que mejor protejan la salud”, pero no quiso aclarar cuáles.

La tardanza por parte de la Comunidad en hacer públicas las nuevas medidas que estaban estudiando y la dificultad que estaba encontrando el ministerio de Sanidad para poder reunirse con los responsables de Madrid ha precipitado la decisión. Esta mañana el propio presidente ya advertía que el estado de alarma era un “instrumento eficaz” que el Gobierno “siempre ha contemplado”.

El presidente ha recordado que el Gobierno quería prorrogar el estado de alarma en junio al menos dos semanas más, pero no logró apoyos políticos para hacerlo. Y ese problema subsiste si el PP sigue empeñado en el “no”, con lo que la situación es extremadamente compleja desde el punto de vista político y jurídico. “El estado de alarma es un instrumento constitucional. Pero no depende solo del Gobierno. Su prórroga debe ser autorizada por el Congreso. Es evidente que en junio no había apoyo para hacerlo. Pero eso es pasado. Si la justicia dice que este no es el camino hablaremos con Madrid y buscaremos otra solución”, ha sentenciado.

A ojos de los expertos consultados, no había muchas otras opciones para salir del embrollo jurídico. Elviro Aranda, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III, coincide con el auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en que la normativa sobre la que se sustenta la orden de restringir la movilidad “no tiene el rango suficiente para limitar derechos”. “Se podría recurrir, pero no tiene ningún sentido. No va a solucionar nada. Las vías siguen siendo hacer una ley orgánica, aunque eso tiene sus trámites y lleva su tiempo, o decretar el estado de alarma”, apunta.

Coincide Ángel Rodríguez, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Málaga: “El recurso lo veo poco razonable porque no iba a significar una solución a corto plazo. Lo práctico sería un estado de alarma, que lo puede hacer el Gobierno en 24 horas y daría cobertura a las medidas que no ha querido ratificar el TSJM”. “La única posibilidad es aplicar las medidas que permite la legislación de salud pública, que es en personas concretas y ámbitos geográficos reducidos o, si hay descontrol y transmisión comunitaria, aplicar el estado de alarma. Lo que está claro es que, cuando entras a impedir la movilidad, una orden ministerial en cascada no tenía solidez y carecía de fundamento”, agrega Alberto López Basaguren, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco.

Los expertos asumen que, hasta ahora, y ante la excepcionalidad que supone la pandemia, las autoridades han recurrido a tribunales ordinarios para decretar cierres perimetrales, pero no les parece la solución más adecuada. “Al final se pone en manos de un juez que haga una ponderación de los derechos, entre la gravedad de la pandemia y el derecho que se restringe. El criterio es el caso concreto. No es lo mismo cerrar una comunidad que un pueblo de pocos habitantes”, sostiene Aranda, informa Jessica Mouzó


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