El doctor Daniel Zovatto analiza los aspectos sustanciales del plebiscito constitucional de este domingo 25 de octubre en Chile.
Por Daniel Zovatto / Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral (IDEA)
Antecedentes
El 18 de octubre de 2019, Chile experimentó un estallido social importante en respuesta a las demandas sociales insatisfechas e históricas desigualdades, añadido a una percepción generalizada de insatisfacción en torno a los principales aspectos relacionados al desarrollo y a lo social, tales como la salud, la educación, los beneficios sociales y los sistemas de pensiones. También representó la falta de consenso en torno a los valores éticos y sociales enmarcados en la constitución actual, elaborada durante la dictadura en 1980. Tras semanas de desorden, violencia y confrontación política –que también arrastraron efectos económicos negativos– el 15 de noviembre de 2019 se acordó (en el “Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución”, con la venia original de 10 partidos políticos) llevar a cabo un referéndum constitucional, con fecha originalmente fijada para el 26 de abril de 2020. Similar a otros procesos electorales en América Latina, y en el mundo, el referéndum tuvo que ser pospuesto para el 25 de Octubre debido a la pandemia de la COVID-19.
Importancia de este proceso
El plebiscito nacional del 25 de octubre de 2020 permitirá a la ciudadanía definir si desea una nueva Constitución y a través de qué mecanismo, permitiendo zanjar los cuestionamientos sobre la legitimidad del origen de la actual Constitución Política de Chile. Así, este referéndum da pie a un proceso inédito en la historia del país, donde la ciudadanía podrá, posteriormente, escoger a los representantes que redacten y elaboren una propuesta Constitucional, a diferencia de procesos anteriores.
¿Qué se vota?
El Plebiscito Nacional del 25 de octubre permitirá a cada elector aprobar o rechazar la redacción de una Nueva Constitución, sumado al órgano que debiera redactarla: una “Convención Mixta Constitucional”, integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios en ejercicio, o una “Convención Constitucional” conformada exclusivamente por miembros elegidos a través del voto popular.
En caso de que la opción “Apruebo” resulte con la mayoría de sufragios, el Presidente deberá convocar a elección de convencionales constituyentes para el día 11 de abril de 2021, a la par de las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores.
De triunfar la opción “Convención Constitucional”, serán elegidos 155 ciudadanos, en función de los distritos electorales establecidos en las elecciones de diputados. De ser elegida esta opción, la nueva Constitución estaría compuesta por un 50% de mujeres, el primer proceso constitucional en el mundo con plena paridad de género. Esto, debido a que la Ley 21.216, promulgada en marzo de este año, determinó que la elección popular de los constituyentes contaría con el requisito de paridad tanto en las listas de entrada como en el resultado electoral.
De resultar ganadora la opción “Convención Mixta Constitucional”, esta estaría integrada por 172 miembros, con 86 parlamentarios elegidos por el Congreso Pleno, y 86 ciudadanos electos en votación popular. La paridad de género en este caso aplicaría solamente para los escaños escogidos por votación popular.
Una vez electo, el órgano encargado deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en un plazo de 9 meses, prorrogables únicamente por 3 meses más. Según fue definido en el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, el órgano constituyente deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.
Un plebiscito ratificatorio, con voto obligatorio, se deberá celebrar sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del Decreto Supremo que convoca a plebiscito. De ser confirmada la nueva propuesta constitucional, el Presidente de la República deberá promulgar la Nueva Constitución Política de la República.
¿Cómo se vota?
El elector recibirá 2 cédulas electorales. La primera contendrá la pregunta: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?”, seguida de dos rayas horizontales, una al lado de la otra con la respuesta “Apruebo” o “Rechazo”. La segunda, contendrá la pregunta: “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?” seguido de las respuestas: “Convención Mixta Constitucional” y “Convención Constitucional”, ambas junto a su respectiva definición.
En Chile, la legislación contempla el voto de manera exclusivamente presencial. Producto de la pandemia de COVID-19, y en función de lo determinado por el respectivo protocolo sanitario, se ha cambiado el voto con lápiz grafito, permitiendo, por primera vez, votar con una lapicera de tinta azul.
El voto en Chile es voluntario desde el 31 de enero de 2012, en función de la Ley 20.568. Así, quedan inscritas automáticamente en el registro electoral todas las personas que cumplan los requisitos para votar. En el caso del plebiscito ratificatorio (o de salida), contemplado para 2022, el voto será obligatorio.
Adicionalmente, la legislación chilena contempla el voto en el exterior para los mayores de 18 años que cumplan con los requisitos que señala la ley, estando facultados para sufragar desde sus países de residencia en plebiscitos nacionales, primarias presidenciales y elecciones presidenciales.
Percepciones ciudadanas
Las percepciones ciudadanas en torno al plebiscito (y el estallido social que lo suscitó) son mixtas. Según los últimos resultados de la encuesta Pulso Ciudadano (Activa, publicada el 19 de octubre de 2020), un 55,7% de los entrevistados declaró que como consecuencia del estallido social, “la ciudadanía ha sido más escuchada”, un 52,5% sobre “la realización de un plebiscito para decidir por una nueva Constitución”, a la vez que un 38,4% indicó que produjo “recesión económica, pérdida de empleos” y un 35,2% identificó como consecuencia una “mayor incertidumbre e inestabilidad en el país”. Según el mismo reporte, un 61,7% señaló que el estallido social fue positivo para el país, mientras que un 26,3% señaló que fue negativo.
De acuerdo con los últimos resultados de la encuesta CADEM (publicada el 19 de octubre de 2020), un 40% afirma que “un plan económico para reactivar el país” es lo más urgente para avanzar en su normalización, mientras que un 37% señaló que “avanzar en el proceso de la nueva Constitución” sería lo prioritario. Simultáneamente, un 49% de los encuestados señaló estar en desacuerdo con que “continúen las movilizaciones y marchas una vez superada la crisis sanitaria”, frente al 48% que estaba de acuerdo.
Qué dicen las últimas encuestas. Intención de votos
A quince días del Plebiscito Nacional, el estudio especial de Pulso Ciudadano (Activa, publicado el 10 de octubre de 2020), indica que un 65,4% votaría “Apruebo”, un 14,4% votaría “Rechazo”, un 11% que indica que no votará, y un 9,4% indicó no saber. En cuanto a la segunda cédula, un 56,2% de los encuestados señaló que votará por la “Convención Constitucional”, un 20,1% por la “Convención Mixta Constitucional”, un 13% indicó que no votará, mientras que un 10,7% aún no sabe su preferencia.
Respecto a la participación, un 72,6% indicó estar seguro (o muy seguro) de que irá a votar en el plebiscito del 25 de octubre, mientras que un 15,5% señaló estar seguro (o muy seguro) de que no irá. Así, Activa estima una participación en torno al 55% del padrón electoral, esto es, alrededor de 8.7 millones de votantes. Esta es una gran incógnita en los tiempos de pandemia, considerando que la participación electoral de los chilenos en las elecciones generales de 2013 y 2017 –elecciones que contaron con voto voluntario e inscripción automática– rondó entre el 40% y 50%.
Comentarios finales
El plebiscito nacional del 25 de octubre de 2020 representa una oportunidad histórica para la democracia chilena: ¿podrá la ciudadanía chilena resolver sus diferencias a través de este proceso electoral? ¿O permanecerá el desacuerdo y la discordia entre todos los stakeholders políticos y sociales? Decidir esto le corresponderá a cada hombre y mujer que vive en Chile. Por otra parte: ¿peligra el modelo chileno de libre mercado orientado a exportaciones? ¿Será una nueva constitución el mejor camino hacia una representación democrática e igualdad social más amplia? ¿Cuáles son los riesgos y consecuencias para América Latina al ver que uno de sus modelos económicos y políticos más estables de la región sea cuestionado y demandado a ser cambiado?
Referencias:
Activa. (10 de octubre de 2020). Pulso Ciudadano: Estudio Especial – Pronóstico Plebiscito 25 de Octubre. Obtenido de Activa: https://www.activasite.com/wp-content/uploads/2020/10/Pulso_ciudadano_Especial_Plebiscito_Constitucional.pdf
Activa. (19 de octubre de 2020). Pulso Ciudadano: Octubre 2020 / Primera Quincena (15 al 17 de Octubre) – Publicación #32. Obtenido de Activa: https://www.activasite.com/wp-content/uploads/2020/10/Pulso_ciudadano_Octubre_Q1.pdf
CADEM. (19 de octubre de 2020). Encuesta Plaza Pública: Tercera semana de Octubre – Estudio N°353. Obtenido de CADEM: https://www.cadem.cl/wp-content/uploads/2020/10/Track-PP-353-Octubre-S3_compressed-comprimido.pdf
Montes, R. (22 de octubre de 2020). La participación electoral es la gran incógnita del plebiscito constitucional en Chile. Obtenido de El País: https://elpais.com/internacional/2020-10-22/chile-llega-al-plebiscito-constitucional-con-la-gran-incognita-sobre-los-niveles-de-participacion.html