El empresario de origen chino buscaba obtener su libertad. Su defensa argumentaba que habían prescrito las violaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo interpuesto por Zhenli Ye Gon, por medio del cual buscaba obtener su libertad, argumentando que habían prescrito las violaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego.
En sesión de Primera Sala, se determinó por mayoría de cuatro votos que es constitucional el artículo 108 del Código Penal Federal, mismo que establece que “en los casos de concurso de delitos, las acciones penales que de ellos resulten, prescribirán cuando prescriba la del delito que merezca pena mayor”.
“Lo anterior en atención a que el plazo de prescripción y su cuantificación, regulados para la actualización de concursos de delitos, definidos en el artículo 18 del Código Penal Federal, permite al Estado ejercer una acción penal homologada y con ello, imponer la pena única total establecida en el artículo 64 del referido ordenamiento”, manifestó la Corte a través de un comunicado.
Además de posesión ilegal de arma de fuego, Zhenli Ye Gon también se encuentra sujeto a proceso por delincuencia organizada y delitos contra la salud, los cuales conllevan penas mayores. La prescripción se determina con base en las penas máximas, por lo que no se puede declarar una prescripción.
“La medida forma parte de una política criminal instaurada por el legislador federal, que busca desincentivar la comisión concursal de delitos; de ahí que se arriba a la conclusión que la medida es legítima, idónea, necesaria y proporcional en sentido estricto”, sostiene el comunicado.
Ye Gon fue extraditado a México en 2016 y actualmente se encuentra recluido en el penal federal de alta seguridad del Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México.