Tipificación de feminicidio existía antes de que AMLO fuera presidente | 25N

Tipificación de feminicidio existía antes de que AMLO fuera presidente | 25N

El presidente Andrés Manuel López Obrador volvió a insistir este viernes que durante su administración se tipificó el delito de feminicidio, a pesar de que el crimen está contemplado en las leyes mexicanas desde años antes.

“Cuando llegamos al gobierno, no había una clasificación como tal de este delito. Se consideraban homicidios”, afirmó hoy el mandatario.

“Y ya, en todos los estados, Ministerios Públicos, jueces ya clasifican esta forma de violencia, este delito, como feminicidio”, añadió.

Sin embargo, las legislaciones mexicanas ya consideraban tal tipificación desde antes del 2018, cuando el funcionario asumió el cargo.

El término feminicidio surgió en México como una adaptación del término inglés femicide cuya traducción literal sería femicidio. Después de una larga tradición inglesa, que data desde 1800’s, grupos feministas lo recuperaron en la década de los 70’s.

A su vez, la antropóloga y exdiputada mexicana Marcela Lagarde lo retomó y adaptó al contexto mexicano, siguiendo los textos académicos en inglés, principalmente el libro Feminicidio. La política del asesinato de mujeres (Femicide. The politics of woman killing en inglés), de Diana Russell y Jill Radford, publicado en 1992.

Sin embargo, la primera vez que la legislación mexicana definió el feminicidio fue en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tras ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de febrero de 2007.

El artículo 21 de dicho texto establece que la violencia feminicida es la “forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”.

Los primeros intentos para crear un tipo penal sobre el crimen surgieron desde 2004, cuando las diputadas Marcela Lagarde y de los Ríos, Eliana García Laguna y Rebeca Godínez Bravo presentaron un proyecto de ley. La segunda propuesta federal data del 2006, también impulsada por Lagarde.

Dichas iniciativas estuvieron impulsadas por los asesinatos de mujeres perpetrados en Chihuahua y por la impunidad de los culpables.

Ante estos, el 19 de enero de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado Mexicano por la violación de los derechos humanos de tres víctimas mortales ocurridas en Ciudad Juarez: Esmeralda Herrera Monreal de 15 años, Claudia Ivette González de 20 años y Laura Berenice Ramos Monárrez de 17 años; y de sus respectivas familias.

El caso puso al país en la mira y provocó distintos intentos por abordar dicha violencia. Sin embargo, la clasificación en país habría de esperar hasta 2012.

México fue el primer Estado que lo propuso y es también el país con más iniciativas de ley, tanto a nivel federal como estatal. No obstante, no fue la primera nación en la que realmente fue tipificado, sino que le precedieron Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Chile, Perú y Nicaragua.

Guerrero fue la primera entidad en tipificar el delito en diciembre de 2010. Actualmente, está considerado dentro de las leyes de todas las Entidades Federativas. La mayor parte de estas clasificaciones fueron llevadas a cabo entre 2011 y 2012.

En el Código Penal Federal de la nación, el feminicidio se encuentra estipulado en el artículo 325, el cual establece que se “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”.

Para que se cumpla este último requisito, se considera que debe ocurrir alguna de las siguientes circunstancias:

-La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo

-Se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.

-Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

-Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza

-Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

-La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

-El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Este no es la primera que López Obrador sostiene que durante su gobierno se tipificó el delito. En marzo de 2021, el mandatario aseguró que “esa clasificación comienza prácticamente con nosotros, por eso el aumento de feminicidios”.

Igualmente, el 5 de julio del 2021, el presidente insistió sobre la aseveración durante su conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional.

“¿Sabes cuándo empezó a tipificarse como feminicidio los homicidios de mujeres? Cuando iniciamos nosotros el gobierno”, declaró.

“Debe tomarse en cuenta que no se consideraban feminicidios los asesinatos de mujeres en los gobiernos anteriores”, añadió después de que su gobierno registrara un aumento en la cantidad de casos.

Sin embargo, la clasificación del delito fue incorporada en años anteriores a que comenzara su administración, ante los casos de violencia mortal que sufren las mujeres en el país.

De acuerdo con el último informe de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), en 2021 más de 81 mil mujeres fueron víctimas de crímenes mortales en el mundo, de las cuales el 56% fueron asesinadas por parejas íntimas u otros miembros de la familia.

El reporte detalla que, en promedio, más de cinco mujeres o niñas fueron asesinadas cada hora por estos últimos miembros el año pasado.

Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tan solo en lo que va del año se han reportado 695 feminicidios en el país, así como 2 mil 136 mujeres víctimas de homicidios dolosos.


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