El Tribunal Electoral confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que regula los actos de Morena para definir un coordinador de la defensa de la cuarta transformación, que posteriormente será el o la abanderada presidencial.
Las medidas aprobadas por el INE permiten que Morena defina si quiere hacer los actos en lugares del partido o públicos, bajo la frase que “Se realicen preferentemente en lugares pertenecientes al partido”.
La norma obliga que los eventos no contengan elementos proselitistas, que se dirijan a la militancia y simpatizantes y que no se emitan expresiones de índole electoral, entre otras cuestiones.
La sentencia fue avalada en sesión privada y por unanimidad.
Las medidas del INE fueron impugnadas por Morena, por considerar que no era “razonables” y por un denunciante, quien afirmó que eran insuficientes para cumplir la ley, por lo que exigía impedir los eventos de Morena.
El Tribunal Electoral estudió las medidas cautelares y las impugnaciones, y por unanimidad decidió mantener la determinación del INE.
El pleno estimó que las medidas son adecuadas, pues los eventos, en una revisión preliminar, podrían constituir actos anticipados y porque fueron en lugares abiertos al público en general y no solo a la militancia.
Por otra parte, la Sala Superior consideró infundados los agravios referentes a que las medidas emitidas no eran razonables, ya que las mismas atendieron al fin legítimo de aminorar el riesgo de afectación al principio de equidad en la contienda electoral, argumentó el Tribunal en un comunicado.
El proyecto fue elaborado por el magistrado José Luis Vargas Valdez. En la sesión no estuvieron presentes las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Aralí Soto Fregoso.
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