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Tú a Boston y yo a California: separación de hermanos en casos de divorcio


Por increíble que parezca se dan casos, poco habituales, pero se dan, de hermanos que son separados tras un divorcio, generalmente en procesos muy complicados entre los progenitores. Felipe Mateo Bueno, experto abogado en derecho de familia explica: “Como punto de partida hay que señalar que en nuestro derecho de familia rige el principio de no separación”. En este sentido, el letrado menciona el artículo 92 del código civil que en su punto 10 establece: “El juez adoptará, al acordar fundadamente el régimen de guarda y custodia, así como el de estancia, relación y comunicación, las cautelas necesarias, procedentes y adecuadas para el eficaz cumplimiento de los regímenes establecidos, procurando no separar a los hermanos”.

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Además, el Tribunal Supremo sostiene que solo deben separarse en caso imprescindible, pues lo conveniente es que permanezcan juntos para favorecer el desarrollo del afecto entre ellos y, “si bien puede optarse porque sean separados, esa medida se tomará de forma excepcional y especialmente motivada, demostrando ser la más beneficiosa para los hijos como marco de convivencia más adecuado para su desarrollo integral”, explica el abogado. Por lo tanto, solo procederá separarlos en caso de divorcio “cuando dicha medida se adopte en interés de los menores, principalmente porque entre ellos haya muy mala relación o porque se decanten claramente por uno u otro progenitor”, añade.

Una medida poco común

Esta medida es excepcional. Y es que “partiendo de la base de que en nuestro derecho de familia rige el principio de no separación de hermanos y que la separación de los mismos es una medida excepcional, el porcentaje de casos en nuestro país es insignificante, sin ningún género de dudas, inferior al 5 %”, prosigue Mateo Bueno. Ahora bien, dicho porcentaje existe y los elementos que se tienen en cuenta siempre pasan “por el interés superior del menor”: “Por lo tanto, para acordar una medida como la de separarlos, el primer elemento que hay que tener en cuenta es que la misma sea beneficiosa para los menores o, dicho de otra forma, que el separarlos sea menos perjudicial que el mantenerlos juntos”, explica el letrado. Dicho lo que antecede, dos elementos a tener en cuenta, explica, “serían la relación que tienen esos hermanos entre sí y la que tienen con sus progenitores. Puede darse que tengan muy mala relación, incluso con agresiones mutuas, o que se decanten claramente por el padre o la madre. En esos casos sería aconsejable acordar la separación”, incide Mateo Bueno.

Como norma general, aclara el abogado, “los menores –una vez cumplidos los 12 años o cuando se presume que tienen suficiente juicio– deben ser escuchados siempre que se tenga que adoptar una medida que les afecte: por ejemplo, sobre su custodia, cuidado y educación. En estos casos son escuchados por el juez y el fiscal. En aquellos menores de 12 años, se presume que no tienen suficiente juicio y pueden ser valorados por los psicólogos adscritos al juzgado de familia –gabinete psicosocial–”, explica.

En todo caso, conviene aclarar que “el derecho a ser oído y escuchado no conlleva que haya que acordar lo que el menor quiera, ya que puede darse que sus deseos no siempre coincidan con lo que es más beneficioso para él”, sostiene.

Posibilidad de revocación

Las medidas que se adoptan en un procedimiento de familia se pueden modificar en cualquier momento, siempre y cuando se acredite que las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día para acordar las mismas se han visto modificadas sustancialmente: “Desde un punto de vista estrictamente legal, es totalmente posible que los menores vuelvan a estar juntos después de un periodo de separación. Sin embargo, mi experiencia profesional me dice que pocas veces vuelven a estar juntos”.

“Lamentablemente”, prosigue, “son muchas las rupturas de pareja en las que los hijos se usan como moneda de cambio o arma arrojadiza contra el otro progenitor”. Como norma general, salvo en los casos más extremos, los hijos quieren a sus dos progenitores y quieren estar con los dos. Sin embargo, “los casos de manipulación existen hasta el punto de que muchos menores no solamente llegan a rechazar la figura de uno de sus progenitores, sino también la de aquellos hermanos que se posicionan del lado del padre o madre al que rechazan. La incidencia que tienen los progenitores en los menores está en función de la edad: cuanta menos edad, más manipulable es el niño o niña, y más incidencia va a tener esa influencia”, concluye el letrado.

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