Un hombre con cuatro condenas por maltrato podrá visitar a sus hijos


Dice Paloma Delgado que ella y sus tres hijos empezaron “a vivir” en abril de 2019, cuando su exmarido y padre de los chicos se quedó sin derecho a visitas por una sentencia del Juzgado Penal 1 de Huesca que le castigó con cuatro condenas de un año, nueve meses y un día cada una por “maltrato habitual”, una por ella y otra por cada uno de los tres menores. Delgado creyó entonces que “el terror” había terminado para siempre, pero aún quedaban por delante giros en el camino judicial que han llevado a que el condenado no entre en prisión y pueda volver a visitar a sus hijos a finales del año que viene.

El exmarido, Luis Antonio Irzo, recurrió la sentencia a la Audiencia Provincial, que ratificó las condenas. Acudió después al Tribunal Supremo, que tampoco le dio la razón y subrayó que la pena impuesta era “la mínima legal imponible”. En noviembre de 2020, el juzgado de lo penal 1 de Huesca decidió suspender las cuatro condenas. No iría a prisión a cambio de seguir un curso formativo en violencia de género y 510 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Esa decisión ha dejado sin efecto la obligación de estar al menos a 200 metros de la exmujer y los niños y anula la prohibición de las visitas desde diciembre de 2022. El hombre recuperará la patria potestad en 2025 y no podrá tener armas hasta 2033.

“No puede ejercer como padre sin más”

Delgado pide que los menores no tengan contacto con el padre hasta que todos alcancen la mayoría de edad. “Un progenitor que ha sido condenado por maltrato no puede ejercer como padre sin más”, reclama esta mujer, que asegura que ha pedido amparo sin éxito al Defensor del Pueblo, al Justicia de Aragón (equivalente al defensor, pero autonómico), al Defensor del Menor y al Consejo General del Poder Judicial. También recoge firmas en Change.org y ha contado su caso públicamente en televisión.

El recorrido judicial arrancó en 2016, cuando ella, médica de familia, denunció ante la policía a su entonces marido, que en ese momento ejercía como concejal del PP de Huesca, cargo del que dimitió en ese mismo año. La sentencia recoge como hechos probados que los tres menores —un chico y dos chicas que ahora tienen 16, 14 y 10 años— sufrieron “actos de violencia física y verbal y de intimidación constante”. El fallo sitúa el inicio de la violencia casi desde que se casaron. Ella le comunicó en septiembre de 2004, apenas dos meses después de la boda, que estaba embarazada. Él quiso contárselo a la familia y ella le pidió que esperase hasta tenerlo bien confirmado. “Se enfadó y la zarandeó repetidamente llevándola a empujones desde el salón hasta el dormitorio”, recoge la sentencia. Cuando dio a luz a su primer hijo, el marido le dijo: “Te has deformado durante el embarazo, te doy nueve meses más para que te recuperes”. En el momento en el que ella se negó a seguir manteniendo relaciones sexuales, recoge también la sentencia, “le impedía dormir de forma intencionada, zarandeando la cama para evitar que su esposa descansase”.

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Sometidos a “un clima de dominación”

La mujer empezó a grabar en 2015. Aportó más de 18 horas de grabaciones. “Fueron imprescindibles, sin esas grabaciones no habría tenido ninguna posibilidad, solo con mi palabra no iba a valer”, valora Delgado en conversación telefónica con este periódico. “Comencé a grabar cuando caí enferma. Desde que empezaba a oír golpes lo grababa con el móvil escondido, la calidad era escasa, pero pensaba que si iba acumulando podría mostrar la situación que teníamos en casa”. La Audiencia Provincial destacó además “las contundentes declaraciones de las cuatro víctimas”. Los hechos probados recogen que Luis Antonio Irzo sometía a sus hijos “a un clima de dominación, menosprecios, insultos y constante agresividad, haciéndolos objeto de actos de violencia física y verbal y de intimidación constante que excedían ampliamente el del derecho de corrección”. Al mayor le infligía castigos “totalmente desproporcionados”, según los hechos probados que recogen también que, en ocasiones, “lo agarraba por el pelo llegando a levantarlo en el aire”. Cuando el niño tenía siete años, le golpeó tras haberse equivocado en una nota “haciéndole sangrar por la nariz y por el labio”. El padre le decía: “Mira lo que me has obligado a hacer, esto te lo he hecho por tu culpa”. A la mediana, la ponía de rodillas contra la pared y con los brazos en cruz. La obligó a comerse la comida que “había vomitado”. A la pequeña la golpeaba en la espalda o en el culo cuando no quería comer o le metía la cabeza en el plato.

Tras conocer la última decisión del juzgado penal, el cambio de la cárcel por trabajos a la comunidad, Paloma Delgado recurrió. El fiscal apoyó al juez en su decisión de que no fuera a prisión, pero pidió que se mantuviera durante 16 años —el resultado de sumar todas las penas accesorias— tanto la prohibición de aproximarse y comunicarse con la mujer y los niños como el derecho a visitas. El ministerio público añadió que se tuviera en cuenta un informe del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) que recoge que esas visitas —que se prolongaron hasta 2019 y que los menores estaban obligados a hacer por separado según la madre—, “suponían un estado de ansiedad poco beneficioso” para ellos. La Audiencia Provincial rechazó la petición el pasado 16 de julio con una resolución que considera que no se pueden sumar esas penas accesorias. Ya es una decisión en firme: el hombre puede acercarse ya a sus hijos y podrá visitarlos desde diciembre del año que viene.

El exmarido, Luis Antonio Irzo, ha señalado a este periódico, a través de su abogado, que “en su día tenía confianza en la justicia, ya no”. El hombre sostiene que su exmujer ha utilizado “espuriamente” la ley integral de violencia de género y lamenta “profundamente” no haber tenido “derecho a un juicio justo”. “Reconoce haber cometido exclusivamente con su hijo mayor algún error en un exceso por corregirle comportamientos o conductas inadecuadas y lo lamenta”, traslada su letrado, Gustavo Galán. “Pero él no es ningún maltratador, ni mucho menos habitual, por mucho que lo digan los tribunales de justicia, porque los tribunales también se equivocan”.

“¿Qué hay que hacer para superar el mínimo?”

“La aplicación del Código Penal ni ha sido correcta ni resulta admisible”, valora Francisco Javier Álvarez García, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M). Álvarez destaca “lo insólito” de que el juez impusiera el mínimo de pena posible con unos hechos probados “tan contundentes”. “Si en un supuesto en el que el acusado ha golpeado durante años a la mujer y a los hijos y ha convertido su casa en un infierno, se impone el mínimo de la pena, ¿qué se debe hacer para llegar a superar ese mínimo?” Pero todavía es más sorprendente que se haya dejado en suspenso la ejecución de la pena privativa de libertad. “Es cierto que, excepcionalmente, cabe esa posibilidad, pero solo de manera extraordinaria”, añade este especialista. “Y lo que ya no se entiende es que el fiscal se haya unido a la petición de esa suspensión, pues choca con los criterios que la Fiscalía de Violencia viene sosteniendo”.

La sentencia “ha terminado en nada, absolutamente en nada”, considera Paloma Delgado. Con todo, asegura que volvería a repetir el proceso judicial: “Estamos hablando de salvar la vida de los niños. Hay que saber la situación en la que estábamos para entender que esto ha compensado a pesar de todo”. Se ha sentido cuestionada a lo largo del proceso: “Desde que denuncias, eres tú la juzgada y ves cómo hay un intento desesperado para descubrir dónde está el fin maquiavélico, dónde te pueden pillar”.


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