Publican reglamento para producción, investigación y uso medicinal de cannabis

El objeto de este documento, que contiene 80 artículos, es la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria, en lo relativo a materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de cannabis.

A partir de hoy entra en vigor el reglamento en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal del cannabis, luego de que este martes se publicara en el Diario Oficial de la Federación.

Este Reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario para el cannabis y sus derivados farmacológicos plantea lo referente a laboratorios de control de calidad; fines del cannabis; importación y exportación; y establecimientos para la atención médica que suministren medicamentos de cannabis; así como lo relativo a la publicidad y comercialización de la sustancia.

Según el comunicado difundido este martes, el objeto de este reglamento, que contiene 80 artículos, es la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria de materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de cannabis, con fines de producción primaria para abastecer la fabricación de insumos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos, así como de la generación de materia prima para investigación y producción de semilla.

También aborda lo referente a la investigación para la salud y farmacológica, la fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos.

 

Para la aplicación, vigilancia e interpretación de este reglamento, se informa en el comunicado, se establece que las autoridades gubernamentales competentes son la Secretaría de Salud, a través de Cofepris, como encargada de la regulación, control y fomento sanitario; la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), encargada de regular y promover la sanidad de la cannabis, y el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas.

También participan la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT), que verificará el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a importación y exportación, y la Secretaría de Economía, en lo referente a los aranceles correspondientes.

Según el reglamento, podrá importarse materia prima, derivados farmacológicos o medicamentos de cannabis, mientras que sólo podrán exportarse derivados farmacológicos y medicamentos, pero se aclara que sólo para los fines regulados en este documento. La reforma fue aprobada desde junio de 2017 pero hasta ahora cuenta con un reglamento para su aplicación.

 

Desde que asumió en diciembre de 2018, el presidente, Andrés Manuel López Obrador, planteó el tema de la despenalización de la mariguana y otras drogas como parte de su estrategia para combatir al crimen organizado.

Además, Morena ha propuesto la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud.

En cuanto a la legalización del uso lúdico de la mariguana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó extender para inicios de este año la prórroga del plazo establecido, argumentando que la emergencia sanitaria por Covid-19 ha dificultado su discusión.

En noviembre, en un día calificado como “histórico”, el Senado aprobó la legalización de la planta para usos recreativo, científico, médico e industrial, lo que podría crear el mercado de cannabis más grande del mundo.




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