La Fiscalía pide que se mantenga la prohibición de las movilizaciones del 8-M en Madrid

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Una manifestante durante una marcha feminista en Aluche (Madrid), el 5 de marzo.
Una manifestante durante una marcha feminista en Aluche (Madrid), el 5 de marzo.Ricardo Rubio / Europa Press

La Fiscalía ha respaldado este sábado el veto del delegado del Gobierno en Madrid a las manifestaciones y concentraciones con ocasión del 8-M por motivos de salud pública. Los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) han analizado los recursos contra la prohibición de estas protestas y escucharon a las partes personadas. Desde su primera intervención, la Fiscalía justificó que se mantuviera el veto porque las movilizaciones entrañan un peligro cierto en el actual estado de la pandemia en la Comunidad de Madrid. Además, consideró “insuficientes” las medidas de seguridad propuestas por los organizadores de las concentraciones.

Esta postura choca radicalmente con las tesis defendidas por las ocho organizaciones que han recurrido contra la decisión de la Delegación del Gobierno. El argumento compartido por todas ellas—Comisión 8M, Movimiento Feminista, los sindicatos UGT y CC OO, CGT y otros cuatro colectivos— es que las concentraciones y otros actos convocados ofrecen garantías de cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias. En ello han puesto especial énfasis UGT y CC OO, que habían convocado una concentración conjunta en Cibeles el próximo lunes, entre las 11.00 y las 14.30, en la que preveían que nunca participasen a la vez más de 250 personas, pero en la que podían ir alternándose grupos diferentes.

La posición favorable al veto de la Fiscalía se ha concertado este sábado primero en el caso de la demanda presentada por la CGT, aunque fuentes del ministerio público indicaron que sería la misma postura que se mantendría con el resto de recursos. La Fiscalía ha expuesto que la razón que llevó a la Delegación del Gobierno a prohibir las concentraciones conmemorativas del 8-M no solo se basaba en la normativa propia del estado de alarma sino en las “imperiosas” necesidades de salud públicas derivadas de la existencia de la situación de pandemia provocadas por la covid-19.

La posición de la Fiscalía es coincidente con la que ha expuesto el Ejecutivo sobre la necesidad de poner el acento en la protección de la salud de los ciudadanos. La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, ha defendido este sábado la decisión del delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, afirmando que “con buen criterio, ha tomado una decisión para proteger la vida”. “Miren las UCI cómo están en Madrid y la preocupación por que Madrid vuelva a retroceder en este asunto”, ha añadido. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, también ha apelado a los ciudadanos a ser “responsables” en el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias y a mostrar que “las mujeres y los hombres feministas pueden reivindicar sus derechos haciendo cosas diferentes” el 8-M: “Hay muchísimas formas de manifestarse creativas”.

La Fiscalía ha explicado que, ante la voluntad de celebrar concentraciones en un contexto de pandemia, se produce una “situación de conflicto” entre diferentes artículos de la Constitución: el derecho a la vida y a la salud frente al derecho de reunión. Ante este conflicto, para el ministerio público resulta “procedente” realizar un ejercicio de ponderación con el fin de otorgar “prevalencia” al derecho a la vida “dado que el propio texto constitucional prevé la posibilidad de limitar el derecho de reunión en los supuestos en los que exista una puesta en peligro para las personas y bienes”.

Las organizaciones que pretenden llevar adelante sus convocatorias alegaron por su parte en defensa de sus recursos que la existencia de un “marco pandémico” —en expresión de uno de los letrados de los sindicatos— “no ha supuesto el decaimiento en absoluto del derecho de reunión y manifestación”. El recurso presentado ya citaba en este sentido que la propia resolución de la Delegación del Gobierno hacía constar que “la media de concentraciones y manifestaciones que viene habiendo en la Comunidad de Madrid es de 70 por semana”.

Medidas de seguridad

La Fiscalía, sin embargo, ha sostenido que las concentraciones previstas para el 8-M carecen a su juicio de las medidas de seguridad que permitan garantizar la salud pública “que se ve comprometidas en la situación actual”. Y aseguró que la previsión de un cordón de seguridad compuesto por un “reducido” número de integrantes “es, a todas luces, insuficiente para el control basado en el porte de la mascarilla y el mantenimiento de la distancias interpersonal de un número de personas como el indicado por el promotor”.

Por tanto, ha considerado que la prohibición de las concentraciones es “proporcionada” y “ponderada”. La Fiscalía también se ha referido a una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que se abordaba la adopción de medidas “temporales” y “excepcionales” por razón de salud pública para la contención de la covid en esta comunidad. Dicha resolución, más el informe de situación de 1 de febrero de 2021 donde se expresa que el volumen de incidencia supera la tasa de casos recomendados por la Unión Europea, son los elementos que han servido a la Administración “como criterio de ponderación” a la hora de prohibir las manifestaciones feministas del lunes.


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