La disputa de la final anoche de la Europa League le puede salir muy cara a los dos finalistas, Eintracht Frankfurt y Rangers; y especialmente al club alemán que se proclamó campeón en la tanda de penaltis. Para ello debemos partir que ambos clubes son reincidentes porque acaban de ser sancionados el pasado viernes.
En este caso son varias las sanciones a las que se exponen. En primer lugar por los incidentes en los alrededores del estadio antes del encuentro entre las aficiones de ambos equipos.
El artículo 16 del Código Disciplinario deja claro que son los equipos anfitriones o las asociaciones nacionales las responsables del “del orden y la seguridad tanto dentro como en los alrededores del estadio, tanto antes , durante como después del encuentro”. Al ser una final en estadio neutral, la responsabilidad recae sobre los propios clubes que la disputan
Pero además se suma el encendido de bengalas dentro del estadio por parte de los aficionados alemanes. Algo que está terminantemente prohibido por parte de la normativa UEFA en el punto c de este artículo 16 y donde además resulta que es reincidente.
El pasado viernes la UEFA multó al club alemán 12500 euros como consecuencia del duelo ante el Barcelona en el Camp Nou. De las cuales ocho mil fueron como consecuencia del encendido de bengalas dentro del estadio azulgrana. Ya en la ida en tierras alemanas la UEFA multó al club alemán con 75000 euros por el encendido y lanzamiento de bengalas. Se trata del tercer capítulo consecutivo de ahí que se exponga a una multa aún mayor por reincidencia además del cierre parcial o incluso total del estadio. También el Rangers ha sido multado con 36250 euros por el encendido de bengalas el pasado 7 de abril en Braga.
Fischer se refiere al Pizjuán como estadio de Micky Mouse
Y luego están las palabras del presidente del equipo alemán Peter Fischer contra el Sánchez Pizjuán al referirse como estadio de “Micky Mouse” que claramente atentan contra la norma UEFA y que su Código Disciplinario recoge como claramente sancionables. En el punto b del artículo 11 sobre los principios generales de conducta habla claramente de “aquellas conductas que insultan las reglas básicas de una conducta decente” o de naturaleza “antideportiva” que puede implicar sanción económica para el club alemán.