Un juez federal se negó a suspender la reanudación de las obras del Tren Maya en el Tramo 5 Sur tras admitir a trámite la ampliación de una demanda de amparo promovida por tres habitantes del municipio de Solidaridad que impugnaron la construcción del proyecto.
La resolución dictada por el Juez Primero de Distrito del Estado de Yucatán, Adrián Novelo Pérez, señala que no se pueden suspender las obras a partir de un oficio en el que se da cuenta de que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) entregó el oficio por medio del cual autoriza al Fondo Nacional de Turismo (Fonatur) a reanudar las obras del Tren Maya de manera condicionada, luego de que se emitió la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA).
Para el impartidor de la causa, no se justifica que se vuelvan a suspender las obras del Tren Maya por un documento que tiene “fines declarativos”, por lo que sólo quedan vigentes entre dos y tres suspensiones de amparo relacionadas con este proyecto turístico y pronto podrían reanudarse la totalidad de las obras para el Tren maya en el tramo que va de Playa del Carmen a Tulum.
El impartidor de justicia también rechazó suspender la entrada en vigor de los cambios de uso de suelo en los terrenos por los que va a pasar el Tren Maya, modificaciones que han concedido los municipios de Solidaridad y Tulum, por lo que las citadas modificaciones también seguirán vigentes.
“Ahora bien, con fundamento en el artículo 138 de la Ley de la Materia aplicable, se niega a la parte quejosa la suspensión provisional que solicita respecto de los actos que reclama consistentes en la emisión del oficio que contiene la autorización condicionada para la ejecución del proyecto denominado Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Regional del Proyecto Tren Maya Tramo 5 sur, así como las constancias de uso de suelo citadas, toda vez que se tratan de actos declarativos, que no tienen un principio de ejecución, pues únicamente se limita a evidenciar una situación jurídica, por lo que no ha lugar a conceder la medida cautelar solicitada”, señala la resolución del juez federal.
La determinación tomada por el juez Novelo Pérez se suma a la revocación de tres suspensiones de amparo que había otorgado previamente, argumentando que la MIA ya se había entregado y que la Semarnat ya había autorizado las obras, aunque de forma condicionada.
Los quejosos impugnaron la reanudación de las obras del Tren Maya tras la entrega por parte de Semarnat de un oficio en el que se condicionan las obras del proyecto denominado “Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Regional del Proyecto Tren Maya Tramo 5 sur”, con clave ambiental 23qr2022v0020 (en lo sucesivo la AUTORIZACIÓN AMBIENTAL CONDICIONADA), sus efectos y consecuencias”.
El argumento es que “el procedimiento de evaluación del impacto ambiental se realizó sin acreditar “el grado de afectación de los daños ambientales” que van a provocar las obras del Tren Maya, y sin que se ordenen “las acciones de restauración constitucional de responsabilidad ambiental”.
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