Sorpresa desagradable para los seguidores de la Real y los aficionados al fútbol en general. Avanza ‘Tiempodecanarias.com’ que el realista David Silva debe abonar una multa de 1.080 euros por golpear a una joven en el carnaval de Maspalomas celebrado el pasado 19 de junio. Ha sido el Juzgado de Instrucción Número 3 de San Bartolomé de Tirajana el que ha condenado al futbolista por estos hechos reconocidos por el crack de Arguineguín. En la trifulca, según este medio canario, también participó su hermano Fernando Antonio Jiménez Silva y una tercera persona, que golpeó con una piedra a un joven y amenazó a otro con un cuchillo al grito de “ven para acá que te rajo”.
Habida cuenta de que los tres acusados reconocieron los hechos de los que se les acusaba no hubo juicio, por lo que se dictó una sentencia de conformidad en virtud de la que Silva deberá abonar 1.080 euros, 12 cada día durante los próximos tres meses. ‘Tiempodecanarias’ también indica que el magistrado condena al futbolista de la Real porque le considera “autor responsable de un delito leve de lesiones, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas”. El ’21’ txuri urdin, que durante esta semana se ha ejercitado con normalidad en las instalaciones de Zubieta, también deberá indemnizar a la joven víctima con 520 euros, en concepto de responsabilidad civil: 280 euros por las lesiones sufridas y 240 restantes por “los daños materiales causados”.
Según la sentencia, durante el altercado, David Silva, “con ánimo de menoscabar la integridad física” de la víctima, “la agarró fuertemente del brazo para apartarla, provocando que cayese al suelo”. El fallo también recoge que la joven agredida, como consecuencia de estos hechos, sufrió una “cervicalgia postraumática, contusión en codo izquierdo, laceración en segundo dedo de la mano izquierda, laceraciones en ambas rodillas y laceraciones en ambas piernas”. Estas lesiones, según la resolución firmada por el magistrado Francisco Javier Ramírez de Verger Vargas, necesitaron de “una primera asistencia facultativa sin tratamiento médico posterior y ocho días de perjuicio personal básico”.
“Policontusiones” de la víctima
Como consecuencia de estas acciones, indica el magistrado, el primer agredido sufrió “policontusiones” que requirieron de atención sanitaria, mientras que la segunda víctima sufrió “cervicalgia, contusión en el hombro izquierdo”, y, a consecuencia de los golpes en la cabeza, “hematoma parietal, occipital y retroauricular izquierdo”.
Según este medio canario, la sentencia, al ser dictada de conformidad, es firme y, por tanto, no cabe recurso contra la misma.