La ‘inasistencia‘ de un jugador a la convocatoria de la selección nacional, siempre que sea de forma no justificada, comportan sanciones económicas que van de los 3.006 a los 30.051 euros, además de otras sanciones como privación de licencia parcial y hasta definitiva.
Así lo recoge el Código Disciplinario de la Federación Española vigente para esta temporada, concretamente su artículo 65. Es ahí donde se especifica el montante de las multas a aplicar y las sanciones extra: inhabilitación para ocupar cargos en la organización federativa o suspensión o privación de licencia entre dos y cinco años.
Suspensión definitiva, sólo en caso excepcional
En el caso de que esta no asistencia injustificada fuera reiterada, el jugador o jugadora que la protagonizara podría verse privada de su licencia de manera definitiva, aunque esta medida se adoptaría “de modo excepcional por la reincidencia en infracciones muy graves”, entre las que se encuadra el no acudir a una convocatoria de la selección.
Pese a que el comunicado de la Federación haciendo pública la recepción de los correos electrónicos remitidos por 15 internacionales españolas afirmaba que “renuncian a la selección nacional de España”, lo cierto es que la filtración de dichos mensajes (“casualmente todos con la misma redacción”, según el comunicado federativo) permite comprobar que no existe dicha renuncia explícita.
Las jugadoras, en dichos correos, reiteran su compromiso con el equipo “en el pasado, presente y futuro”, pese a lo cual, y tras exponer los argumentos conocidos, exponen: “solicito no ser convocada hasta que esta situación sea revertida”. No hay renuncia explícita alguna.
La próxima semana, convocatoria de Vilda
Sin embargo, no habrá que esperar mucho a saber si las jugadoras llevan su actitud al extremo: para la próxima semana (no hay fecha fijada todavía) está previsto que el seleccionador Jorge Vilda dé a conocer la lista de jugadoras convocadas para los compromisos amistosos ante Suecia (viernes, 7 de octubre, en Córdoba) y Estados Unidos (martes, 11 de octubre, en Pamplona).
Si la Federación recurre, como dijo en su comunicado, a futbolistas en edad juvenil, no habrá caso. Pero si incluye a las 15 remitentes (o a algunas) de los correos, habrá que ver si estas acuden a la cita o se plantan. En este último caso, la RFEF podría aplicar las sanciones establecidas en el Código Disciplinario, cuyo texto íntegro es el siguiente:
Artículo 65. Inasistencia a las selecciones nacionales.
1. Los/as futbolistas que de forma no justificada no asistan o abandonen las convocatorias de las Selecciones Nacionales, entendiéndose aquéllas referidas a entrenamientos, concentraciones, o celebración efectiva de partidos o competiciones, serán sancionados/as con multa de 3.006 a 30.051 euros y con una o varias de las siguientes sanciones:
– Inhabilitación para ocupar cargos en la organización federativa, o suspensión o privación de licencia, por tiempo de dos a cinco años.
– Privación de licencia, con carácter definitivo; tal clase de sanción sólo podrá imponerse de modo excepcional por la reincidencia en infracciones muy graves.