Alquileres, ERTE, divorcios… estas son las 12 dudas legales más frecuentes de la pandemia (y su respuesta)

Una protesta ante la dirección provincial del SEPE en Valencia, el pasado noviembre.
Una protesta ante la dirección provincial del SEPE en Valencia, el pasado noviembre.Ana Escobar / EFE

El coronavirus ha alterado las vidas de millones de personas en todo el mundo, transformando también las mentalidades. La pandemia siembra nuevas dudas y temores, que tienen una repercusión en el ámbito legal. En su Observatorio Jurídico de 2020, publicado esta semana, la firma Legálitas destaca que las preguntas sobre temas laborales formuladas a sus abogados aumentaron el año pasado un 36,9% con respecto a 2019. Y el análisis, a partir de 788.000 consultas recibidas, identifica algunas temáticas más concretas. Las dudas en torno a los alquileres se incrementaron un 18% y el cambio en los patrones de consumo también se notó, causando especial inquietud los fraudes de internet. No se quedaron atrás los seguros de salud, sobre los cuales se pidieron un 30% más de aclaraciones.

A partir de los datos de ese estudio, a continuación se ofrecen algunas de las cuestiones más repetidas durante la pandemia; y se ha pedido a los expertos legales de Legálitas que elaboren una respuesta, que se reproduce íntegramente. Para seleccionarlas, se ha tenido en cuenta su vigencia y hay que tener también en cuenta que se trata de respuestas genéricas sobre preguntas muy generales, no equivalen a un consejo legal personalizado en que se valoren todos los detalles de un caso. Hechas esas aclaraciones previas, estas son las 12 inquietudes jurídicas más comunes en los tiempos del coronavirus:

Se me acaba el contrato de alquiler, ¿puedo prolongarlo?

Arrendador e inquilino podrán pactar y reflejar en un documento su acuerdo (normalmente por un periodo de seis meses de prórroga) mediante un escrito de solicitud que el arrendador tendrá que admitir. Pero en los casos en los que no sea posible, y si ya existe una demanda en curso, al inquilino no le queda otra que intentar dilatar lo máximo la salida de la vivienda, acción que se sustenta en la comunicación al juzgado de ser persona económicamente vulnerable (si realmente lo fuera), para que se dilate el lanzamiento, tras haber obtenido un informe por parte de los servicios sociales. Una vez interpuesta la demanda por el arrendador seguirá existiendo la posibilidad de llegar a un acuerdo (cosa que rara vez ocurre) y que, por tanto, retire la demanda.

¿Me pueden despedir después de un ERTE?

Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas sobre los ERTE por fuerza mayor como consecuencia de la covid-19 están sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de 6 meses desde la fecha de reanudación de la actividad en las condiciones que se desarrollan. En caso de incumplimiento, el trabajador tendrá opción de denunciar tal situación por considerar el despido nulo o subsidiariamente improcedente.

Estoy en un ERTE, ¿cómo puedo reclamar si tardan en pagarme?

Probablemente el impago se deba al colapso que aún tiene el SEPE (servicio público estatal de empleo) como consecuencia de la tramitación masiva de los ERTE en los últimos meses. En este caso, se recomienda que el trabajador consulte través de la página del SEPE el estado de su prestación para identificar cuál es el problema; y en caso contrario hacer una reclamación por escrito, además de solicitar cita previa en la oficina de empleo correspondiente, o comunicación de incidencia en la página del SEPE.

¿Puedo hacerme una prueba PCR y que la pague mi seguro de salud privado?

Todo dependerá de lo que establezca la póliza. Se podrá reclamar todo aquello que esté cubierto por la misma, con independencia de que exista o no pandemia, aunque suele ser habitual que las aseguradoras excluyan pruebas meramente preventivas, como pueda ser una prueba PCR. En cualquier caso, si no se hubiera recibido la asistencia médica correcta, estaríamos ante una posible “disminución del riesgo” y, conforme se establece legalmente, cabría solicitar una reducción proporcional de la prima para la siguiente anualidad (Artículo 13 de la Ley de Contrato de Seguro).

¿Cómo afectará a mi declaración de renta tener dos pagadores?

El hecho de tener dos o más pagadores a lo largo del ejercicio fiscal, esto es, de 1 de enero a 31 de diciembre, nos afecta en dos sentidos:
1. Los límites para estar obligados a hacer la declaración de la renta se rebajan y se establece que, si la suma de todos los pagadores supera los 14.000 euros íntegros anuales, y del segundo y restante pagadores por orden de cuantía supera los 1.500 euros íntegros anuales, estoy obligado a hacer la declaración.
2. Por normal general, las retenciones que se practican suelen estar mal efectuadas, normalmente por debajo de las obligaciones legales y en la mayor parte de los casos, el resultado de la renta suele salir a pagar.

¿Cómo actúo si he sido víctima de una estafa online?

Ante una estafa online debemos recopilar todas las pruebas posibles: capturas de pantalla del anuncio del presunto estafador, el certificado del banco con el cargo fraudulento, la cuenta a la que ha ido a parar mi dinero, WhatsApp o conversaciones que hayamos mantenido, etc. Podemos denunciar los hechos en la Policía Nacional, Guardia Civil o Juzgado de Guardia, para que se abra proceso penal en el que se condene a los culpables y recibir indemnización por los daños.

¿Puede la empresa cambiarme los horarios por estar en trabajo a distancia?

Ante un pacto de trabajo a distancia, el trabajador tendrá que estar sujeto al acuerdo que se haya pactado en cuanto al horario de trabajo, y dentro de él, en su caso, a las reglas de disponibilidad. En caso contrario, como regla general la empresa unilateralmente no puede modificar de forma definitiva el horario del trabajador, ya que estaríamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, salvo que concurran causas justificadas conforme al procedimiento establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué ocurre con los gastos por trabajo a distancia, como teléfono, internet o luz?

De acuerdo con el Real Decreto-ley 28/2020 serán los convenios o los acuerdos colectivos los que podrán establecer los gastos que pudiera tener el trabajador por el hecho de prestar servicios a distancia, así como forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa y el momento y forma para realizar la misma.

¿Cómo puedo rescatar un plan de pensiones?

El rescate de un plan de pensiones genera rendimientos del trabajo, que van a la base general, aumentando la misma con el importe de lo que hayamos ganado por nuestro salario, nómina o pensión a lo largo de ese ejercicio, por lo que el año de rescate del plan de pensiones nuestra renta será distinta a ejercicios anteriores. Debemos poner especial cuidado para ver si podemos aplicar el régimen transitorio y aplicar una reducción del 40% a los derechos consolidados a fecha 31 de diciembre de 2006.

¿Puedo cambiar el régimen de visitas acordado con mi expareja y el pago de la pensión de manutención?

Si el cumplimiento del régimen de visitas supone poner en riesgo la salud y seguridad del menor, podemos instar una medida cautelar urgente de suspensión del régimen de visitas. Un cambio sustancial en las circunstancias tanto económicas, como personales de cualquiera de los dos progenitores, permitirá solicitar judicialmente modificación de medidas, cambiando la pensión de alimentos y/o el régimen de visitas establecido.

¿Dónde reclamo una compra a domicilio que no llega?

Todo dependerá de dónde se haya realizado la compra, pero circunscribiéndonos a compras efectuadas a empresas con domicilio dentro del territorio nacional y en la Unión Europea, si el producto no llega en el plazo indicado, y es debido a falta de disponibilidad del bien, el vendedor deberá comunicarlo al consumidor, a fin de que este pueda recuperar el importe abonado sin ninguna demora, u ofrecer otra fecha de entrega, si esto fuera posible.
Si no se procede al reintegro del importe, habría que remitir al vendedor reclamación por escrito, mediante medio fehaciente (burofax, correo certificado, etc.). Si transcurrido un mes desde que el vendedor tiene constancia de la reclamación, no ha procedido a la resolución de la controversia, existen diferentes procedimientos extrajudiciales a disposición del consumidor, dependiendo de si la empresa se encuentra en territorio nacional, como serían las Juntas Arbitrales de Consumo, Confianza online (solo si la empresa se encuentra adherida, en cuyo caso aparecerá dicha información en las condiciones generales de la página); o, si la empresa se encuentra fuera del territorio nacional pero dentro de la UE, puede acudir al Centro Europeo del Consumidor o al sistema de resolución de litigios en línea, cuya información y enlace deberá aparecer también en las condiciones de la página web. Si no es posible resolver la controversia a través de estos mecanismos, se puede presentar demanda judicial.


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