AMLO decreta extinguir los fideicomisos públicos

La Secretaría de Hacienda queda facultada para resolver las excepciones en consulta con la Secretaría de la Función Pública.

El presidente López Obrador ordena, mediante decreto, terminar todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal y que manden el dinero a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP):

“Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Oficina de la Presidencia de la República, así como a los Tribunales Agrarios, para que a la entrada en vigor del presente Decreto y en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, lleven a cabo los procesos para extinguir o dar por terminados todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal en los que funjan como unidades responsables o mandantes.”, reza el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El decreto establece que su propósito es que “la Administración Pública Federal se conduzca con Austeridad Republicana, lo que implica combatir el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, y la administración de los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados”.

Los derechos y obligaciones derivados de dichos instrumentos serán asumidos por los ejecutores de gasto correspondientes con cargo a su presupuesto autorizado, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Se instruye a los ejecutores de gasto, por conducto de sus unidades responsables, coordinen las acciones que correspondan con las instituciones fiduciarias, mandatarias o comisionistas, para que a más tardar el día 15 de abril del presente ejercicio fiscal, concentren en la Tesorería de la Federación la totalidad de los recursos públicos federales que formen parte de los fideicomisos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de su titular, Arturo Herrera, queda facultada para resolver las excepciones a lo previsto en el artículo anterior en consulta con la Secretaría de la Función Pública.

Dichas excepciones deberán ser resueltas previa solicitud debidamente fundada y justificada que presente el titular del ejecutor de gasto, Arturo Herrea. En caso de que no se emita dicha autorización en un plazo no mayor a 10 días hábiles se entenderá como no autorizada.




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