Frente a la pandemia y para garantizar el acceso a las niñas, niños y adolescentes al Sistema Educativo Nacional, fue necesario adecuar el periodo de preinscripción a preescolar, primer grado de primaria y primer grado de secundaria para el ciclo escolar 2021-2022, con un segundo periodo del 19 al 30 de abril de 2021, adicional al ya previsto y que se llevó a cabo del 2 al 15 de febrero.
“Bajo protocolos de seguridad sanitaria que garanticen el cabal cumplimiento del mandato constitucional, tanto del derecho a la protección de la salud, como a la educación, los procesos de preinscripción referidos en el párrafo que antecede se llevarán a cabo por las autoridades educativas competentes considerando el semáforo epidemiológico de su respectiva entidad federativa”, señalan las autoridades en el Diario Oficial de la Federación.
De esta forma, los periodos de preinscripción a preescolar, primer grado de primaria y primer grado de secundaria para el ciclo escolar 2021-2022 estarán sujetos a las condiciones de sana distancia y conforme al semáforo epidemiológico:
En las entidades federativas con semáforo epidemiológico en verde, podrá llevarse a cabo de manera presencial el proceso de registro.
Mientras que en las entidades federativas con semáforo epidemiológico en amarillo, podrán instalarse durante el periodo de preinscripción módulos de atención en las escuelas para llevar a cabo de manera presencial el proceso de registro, pero mediante un sistema de citas.
En las entidades con semáforo epidemiológico en naranja y rojo, se priorizará el proceso de registro a través de medios electrónicos (internet, correo electrónico o teléfono).
Sin embargo, las autoridades educativas deberán implementar un sistema de citas que permita asegurar la atención a quienes no cuentan con acceso a medios electrónicos.
La entrega física de la documentación se realizará una vez que las condiciones sanitarias sean favorables, pero no será un impedimento para llevar a cabo el registro de los estudiantes.
Para hacer la inscripción, sólo se requerirán los datos personales del alumno, de la madre, padre de familia o tutor para establecer comunicación.
Para cada una de estas situaciones, las autoridades educativas competentes deberán establecer las medidas necesarias para garantizar la seguridad, salud e higiene de la comunidad escolar, atendiendo las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias.
Asimismo, señala el documento, dichas autoridades, favorecerán el intercambio de información entre ellas para, de ser el caso, homologar las medidas de atención que resulten más seguras, innovadoras y eficientes.
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