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Apelación mantiene el partido de sanción de Vini

Apelación mantiene el partido de sanción de Vini

El Comité de Apelación ha ratificado este jueves la sanción a Vinicius de Souza, desestimando el recurso presentado por el Espanyol. Como acredita el mismo Comité, el club perico ha interpuesto un recurso de apelación frente a la Resolución del Comité de Competición de 3 de enero en la que se recoge la sanción siguiente: “Suspender por 1 partido a D. Vinicius De Souza Costa, en virtud del artículo/s 120 del Código Disciplinario y con una multa accesoria al club en cuantía de 350,00 € y de 600,00 € al infractor en aplicación del art. 52”. Consideran el Espanyol en su prueba videográfica, que ya se había aportado ante el Comité de Competición de la RFEF en la primera instancia federativa, que “no se puede considerar la existencia de la acción reflejada por el colegiado en el acta y que, en concreto, señala que: “R.C.D. Espanyol de Barcelona SAD: En el minuto 80, el jugador (12) Vinicius De Souza Costa fue amonestado por el siguiente motivo: Sujetar a un adversario en la disputa del balón, impidiendo con ello un ataque prometedor”. Entiende la entidad apelante que estamos ante un error arbitral manifiesto en la medida que se afirma en el recurso de apelación lo siguiente: “…en la acción que conlleva la expulsión el supuesto derribo y ocasión prometedoras no son tales en tanto nuestro jugador es también agarrado en el forcejeo por el contrario: D. Sergi Roberto. Nuestro jugador forcejea pero se ve claramente en los segundos 0:07 y 00:09 y minutos 1:10 y siguientes que jamás derriba al jugador sino que es el Señor Roberto el que cae al suelo solo “.

El Comité de Apelación, tras estudiar los argumentos y pruebas presentadas, entiende ” que no es posible apreciar un error material manifiesto, que sería lo único capaz de desvirtuar la presunción de veracidad del acta arbitral. Considera este Comité de Apelación que las imágenes aportadas por parte del RCD Espanyol de Barcelona, SAD son compatibles con lo reflejado en el acta.”

Además añade que , “tras estudiar los argumentos y alegaciones del RCD Espanyol de Barcelona, SAD, los miembros de este Comité de Apelación entienden que no es posible apreciar un error material manifiesto capaz de desvirtuar la presunción de veracidad del acta arbitral y, por otro lado, que no existe vulneración alguna del principio de tipicidad.”

De esta forma mantiene la sanción y ahora el club catalán tiene quince días para recurrir ante el TAD




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