Aprueban comisiones del Senado reforma a Ley de Hidrocarburos

Las mayoría de Morena en las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos del Senado aprobó el dictamen de reforma a la Ley de Hidrocarburos, avalada el pasado 15 de abril por la Cámara de Diputados. Tras este primer paso en la cámara revisora, se prevé que el jueves de esta semana sea discutida y, en su caso, aprobada por el pleno.

La reforma, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, fue avalada por 8 votos a favor, 5 en contra y una abstención en la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, así como con 9 votos a favor, y 6 en contra en la Comisión de Energía.

La presidenta de la Comisión de Energía, la morenista Rocío Abreu, aseguró que con estas modificaciones a la Ley de Hidrocarburos se pretende evitar el robo y contrabando de combustibles así como fortalecer el marco regulatorio. “Se escucharon todas y cada una de las voces que desearon manifestarse y esto se traducirá en el fortalecimiento del sector energético en México”, aseveró.

Por su parte el senador panista Julen Rementería, aseguró que lejos de disminuir los precios de los combustibles, la reforma podría incrementarlos, además de que “instaura la discrecionalidad” y la incertidumbre, ya que “da todas las facultades al gobierno para hacer y deshacer en este sector. Se genera un clima de incertidumbre total, va a tener afectaciones y repercusiones legales, y no pocas y no solamente en México sino también en el extranjero”.

La senadora del PRI, Claudia Ruiz Massieu, dijo que la Constitución vigente no permite los planteamientos hechos por el gobierno en materia de política energética por lo que se ha buscado darle la vuelta mediante modificaciones legales: “La mal entendida soberanía nacional, la supuesta seguridad energética y el falso combate a la corrupción no pueden ni deben ser el pretexto para violentar los principios constitucionales sobre los que se funda el Estado de Derecho”.

La reforma considera la suspensión de los permisos de refinación, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, en caso de “peligro inminente” para la seguridad nacional, la seguridad energética o  la economía nacional.

En el caso de que se suspenda una concesión, ésta debe ser antecedida por una notificación al permisionario en la que se indiquen las causas que motivaron la suspensión.

“La suspensión requerirá la notificación previa al permisionario, indicando las causas que motivan la suspensión, las razones por las cuales se estima procedente y la afectación que podría darse en caso de que continúen los actos que ampare el permiso. El permisionario contará con un plazo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de la notificación, para exponer lo que a su derecho convenga y aportar, en su caso, las pruebas que estime pertinentes”, señala.

También otorga facultades a la Secretaría de Energía (Sener), así como a la Comisión Reguladora de Energía para revocar los permisos cuando se determine que los hidrocarburos fueron adquiridos de forma ilícita o mediante el contrabando  en la modalidad conocida como “huachicoleo”.

Los solicitantes de permisos deberán demostrar cuando se les requiera, que cumplen con la  capacidad de almacenamiento legalmente establecida. También considera negados los permisos en el caso de que la autoridad no responda a la solicitud, lo que se conoce como “negativa ficta”; lo anterior, con el fin de que no se consideren otorgados en automático a entidades que no cuenten con la calificación o que tengan impedimentos legales para ello.

Por tanto, establece la revocación del permiso a quienes alteren la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos, así como a aquellos que modifiquen sistemas, ductos o instalaciones sin autorización.

 




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