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Así son los hombres que asesinan a sus hijos para hacer daño a las madres


Este sábado, en Sueca, un pueblo de Valencia, un niño cumplió 11 años. Lo hizo junto a su madre. El domingo, sus abuelos lo llevaron con su padre, denunciado por malos tratos el pasado verano y con una orden de alejamiento de su ya exmujer. Aquel niño ya no salió de esa casa. Ese hombre de 47 años lo asesinó con un cuchillo de cocina. Es la primera víctima de la violencia vicaria este año en España, y son 47 los menores asesinados en contexto de violencia de género desde que se registran datos oficiales, en 2013. 26 niños y 21 niñas que fueron asesinados por sus padres o por las parejas o exparejas de sus madres, muchos de ellos, con el único objetivo de hacerles daño a ellas. Esa violencia, relativamente reciente en su denominación, análisis y datos, tiene ahora un marco más. Lo ha dibujado Sonia Vaccaro, la psicóloga forense que acuñó ese término dentro de la violencia machista en 2012, en el primer estudio sobre violencia vicaria extrema.

Dice Vaccaro al teléfono que prefieren “no hablar de perfil” si no es el de “un hombre sano y machista, sin patologías ni trastornos de ningún tipo, que no quiere perder el control sobre la mujer, que planifica el crimen, que no es un momento de arrebato sino que ataca con lo que tiene a mano, los objetos que considera de su propiedad”: los hijos. “El pater familias del Imperio Romano, que decidía quién vivía y quién moría [según la legislación romana, esa figura tenía poder sobre la vida y la muerte de su mujer, su descendencia y sus esclavos]”. Porque cuando se produce la violencia vicaria, insiste la experta, los menores son considerados por los agresores como instrumentos: “Por eso no se puede disociar la violencia machista de la vicaria, porque en esta existe esa concausalidad”.

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Con esa pauta, la investigación de Vaccaro junto a otras especialistas en distintos ámbitos —con el análisis cuantitativo y cualitativo de dos muestras, una de 51 casos extraídos de 400 sentencias judiciales y hemeroteca, y otra con entrevistas a mujeres víctimas de esta violencia—, dio resultados que, en general, la psicóloga forense preveía por su experiencia. Excepto uno, que, aunque conocido, afirma que no deja de producirle “impacto”: en el 82% de los casos el asesino era el padre biológico. “Es evidente que confirma la hipótesis de la cual partimos, que el machismo, el poder, el control, están detrás. Y eso también confirma que no se puede seguir disociando el delito de violencia sobre la mujer del vínculo con los hijos e hijas”.

El agresor: amenazas previas

Las conclusiones del informe señalan que, en la mayoría de los casos, el agresor fue un hombre de entre 30 y 50 años, principalmente español (68%) y recientemente separado de la madre. “No se observa discapacidad intelectual ni física y los casos con diagnóstico previo de algún trastorno o enfermedad mental son residuales (6%). La mayoría de la muestra no tiene antecedentes penales (58%) y si los tienen, en un 60% es por delitos relacionados con la violencia de género”, especifica el documento.

Ese mismo porcentaje había amenazado previamente con frases como “te quitaré a los niños”, “ya verás lo que le pasa a las niñas”, “te quitaré lo que más quieres”. Tras cometer el asesinato, en el 12% de los casos el asesino negó los hechos, culpó a otras personas o aseguró no recordar nada de lo que pasó. Y un 48% se suicidó o intentó hacerlo.

Cuándo, dónde y cómo se producen los asesinatos

Casi la mitad se produjeron cuando los padres estaban al cuidado exclusivo de las niñas o niños (48%), ya sea por estar en el ejercicio del régimen de visitas (44%) o de custodia compartida (4%). Solo en el 18% de los casos el crimen se cometió durante la convivencia.

El lugar del asesinato fue principalmente la casa del agresor (42%) y sin presencia de otras personas (68%). En su mayoría, usaron un arma punzante, como un cuchillo. “El tipo de arma, comprada ex profeso para cometer el asesinato, y el contacto corporal nos indica, no solo la falta de empatía hacia las víctimas, sino además, el dominio de la escena del agresor con la consecuente vulnerabilidad de las mismas. Nos está determinando la falta de empatía con estas y su consideración como objetos, no como sujetos, por parte de su asesino”, detalla el informe.

Violencia previa y protección judicial

Explica Vaccaro que “en ninguno de los casos analizados había una orden de protección hacia las niñas y niños”. En un 16% identificaron que los asesinos habían ejercido violencia previa hacia alguno de los hijos, “generalmente hacia el que luego será asesinado”; en un 20% se había alertado previamente a las autoridades del peligro y, “dentro de este porcentaje, solo en el 20% de los casos se adoptó algún tipo de medida de protección hacia la madre”. Sin embargo, en ningún caso “esas medidas estaban vigentes en el momento del crimen”.

En el caso de las mujeres, el agresor había ejercido violencia contra ellas en un 74% de los casos y la mayoría no habían denunciado. Según el estudio, “solo en el 24% de los casos había denuncia previa. Cifra coincidente con todas las estadísticas realizadas. Por ejemplo, la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer y las cifras presentadas por el Consejo General del Poder Judicial con motivo de llegar a la cifra de 1.000 mujeres asesinadas en junio de 2020, concluyen que las mujeres solo denuncian en un porcentaje cercano al 20% de los casos”. El miedo al agresor, a las consecuencias para sus hijos e hijas o el contexto económico son algunas de las razones que mantienen este baja cifra.

Las víctimas

En la muestra analizada, las niñas y niños tenían mayoritariamente entre 0 y 5 años (64%) y no hay diferencias significativas por sexo. “La poca edad muestra el grado de vulnerabilidad e indefensión de las víctimas, una cualidad agravada por ser su padre biológico a cuyo cuidado estaban en el momento del crimen”, ahonda el análisis.

De esos menores, en un 18% de los casos “rechazaban” la figura del agresor; y “en muy pocos casos, un 4%, pidieron ayuda a otros adultos”, aunque, detalla el informe, “hay que tener en cuenta la edad de los niños asesinados”. Y, aunque en un 14% de la muestra los niños habían manifestado en algún momento síntomas de estar siendo maltratados —sobre todo “cambios de conducta y quejas sobre la actitud del asesino”— en “un 96% no hubo una evaluación” por parte de ningún profesional sobre cómo estaban esos menores, “o, al menos, no se deja constancia en las causas judiciales o la hemeroteca”.

“Un individuo peligroso no lo es solo para la madre”

Todos estos datos, asegura Vaccaro, “coinciden con estudios de otros países donde, aunque no recojan aún el término como tal, sí recogen el delito, sobre todo en el Reino Unido”. Allí, el análisis del equipo de Criminología de la Universidad de Birmingham consiguió, con ese análisis, “cambiar la modalidad en cuanto a las visitas y el contacto de los padres maltratadores y los hijos”, recuerda la psicóloga.

Establecieron que “en todos estos casos, la masculinidad y las percepciones de poder configuran el trasfondo de los crímenes. El papel familiar del padre es fundamental para sus ideas de masculinidad y los asesinatos representan un último intento desesperado de desempeñar un rol de masculinidad. Debe ser visto como una categoría específica de asesino, para un delito que parece ir en aumento”.

Es desde hace aproximadamente dos décadas, afirma la experta, cuando estos asesinatos “comenzaron a aumentar, a ser más visibles”. Desde que “en el mundo empieza a haber leyes y normas para proteger a las mujeres”. Algo que recoge el estudio: “Cuando un maltratador no puede acceder a la mujer para continuar el poder y el control sobre ella, ejerce violencia sobre las hijas e hijos (a quienes toma como objetos), para dañarla, aprovechando que la justicia y las instituciones disocian el delito y el daño sobre la madre de la peligrosidad de quedar al cuidado y en contacto con las niñas y niños”.

En España, desde el pasado septiembre, una reforma del Código Civil establece que, por norma, no se podrá establecer un régimen de visitas cuando el padre “esté incurso en un proceso penal” por violencia machista. Pero hay excepciones. Esa misma ley indica que “la autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor”.

En el caso de este fin de semana en Sueca, en Valencia, el juzgado de violencia machista que llevaba el proceso de maltrato contra la madre no dictó régimen de visitas para el padre. Sin embargo, el juzgado de familia desconocía la existencia de ese proceso y denuncia. Los datos entre ellos no están conectados de forma automática. Victoria Rosell, la delegada del Gobierno contra la violencia de género, explicó este martes en una entrevista en TVE que en este caso el de familia “debió inhibirse al de violencia contra la mujer”, y recordó que “una de las ventajas de la Ley de 2004 [la de violencia de género] es que estableció estos juzgados especializados, que han demostrado que sirven para unificar los procedimientos penales y civiles en un solo organismo judicial”.

Aunque la entonces pareja acudió primero por lo civil a firmar un mutuo acuerdo —”algo absolutamente habitual en las mujeres víctimas de violencia, porque no están en condiciones de asumir más guerras”, ahondó Rosell—, el juzgado de familia, “si tiene acceso, que lo tiene, al registro de medidas de la administración de justicia, o despliega todas las diligencias debidas para averiguar o solo preguntar si hay violencia, incluso aunque no haya denuncia, entonces esa sentencia [la de la custodia compartida] no habría tenido lugar”.

Ahora, este informe, puede servir para dos cosas. Poner sobre la mesa que “en la era de la tecnología, no puede ser que sigan sin cruzarse datos”, afirma Vaccaro: “Y para convencer a juezas y jueces de que eso no puede seguir ocurriendo, de que un individuo peligroso no lo es solo para la madre. Ningún otro delito se disocia, nadie pondría a un ladrón de bancos a custodiar una joyería porque solo roba bancos”. Hay “datos empíricos más que de sobra para erradicar” también esta violencia.

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