Santillán Pérez destacó que por primera ocasión se establecen medidas de seguridad que debe contemplar la autoridad cuando exista una imagen de esta naturaleza en diversas plataformas o redes sociales.

“Las medidas de seguridad a las que podrá acceder una mujer está la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios, videos de contenido sexual de una persona sin su consentimiento, en medios impresos, redes sociales, plataformas o forma digital o cualquier dispositivo o medio tecnológico”, apuntó.

De acuerdo con el legislador, el Ministerio Público, jueza o juez actuará de acuerdo al procedimiento.

La querella podrá presentarse vía electrónica o mediante escrito de manera personal y el MP o juez ordenará de manera inmediata las medidas de protección necesarias, ordenando, vía electrónica o mediante escrito a las empresas de las plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la querella”, detalló.

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Aseguró que esta medida permitirá un mecanismo eficiente y ágil, sobretodo evitará la viralización de estas imágenes.

“Se ha hecho un ejercicio importante para garantizar el derecho de la libertad de expresión, del ejercicio  de los derechos sexuales y reproductivos de las personas, al mismo tiempo garantizar la intimidad sexual de las personas. Consideramos que este dictamen será referente nacional e internacional de una legislación integral, pues fuimos más allá de un tipo meramente penal”, abundó.

Por su parte, la diputada Paula Soto Maldonado, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y codictaminadora señaló que “este dictamen representó un gran esfuerzo, muchos días de trabajo, reuniones intensas. Todas las voces fueron escuchadas, diputadas y diputados, pero también las voces de las organizaciones de la sociedad civil”.