Ícono del sitio La Neta Neta

CIDH otorga medidas cautelares a activista y sobrevivientes de trata de personas en México

CIDH otorga medidas cautelares a activista y sobrevivientes de trata de personas en México

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió medidas cautelares a favor de una persona cuyas iniciales son A. A. Q. O. y familiares tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos, en México.

La persona identificada como A. A. Q. O. realiza labores de defensa de derechos humanos y la hermana, identificada con las iniciales A. L. Q. O. y sus hijos son sobrevivientes de trata de personas.

La parte solicitante informó que la familia es objeto de vigilancia, seguimientos, amenazas y otros hechos de violencia en su contra, incluidas amenazas por redes sociales, ingresos a sus cuentas y referencias a sus localizaciones; hechos que han tenido lugar, desde 2022 a la fecha.

El gobierno mexicano informó que las personas beneficiarias se encuentran en el “Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas”, y cuentan con números de emergencia, botones de pánico, cámaras y circuito eléctrico en dos domicilios; así como, rondines policiales, y un refugio de protección, y se informó de la colaboración entre diversas autoridades estatales y federales.

La Comisión valoró las acciones desplegadas por el Estado y la información disponible; no obstante, tomó en consideración la continuidad de los eventos de riesgo pese a las medidas ordenadas, así como el alegato de la posible disminución del esquema de seguridad. A su vez, se destacó la importancia de aplicar enfoques diferenciados, al tratarse de una persona defensora y de personas sobrevivientes de trata de personas.

En consecuencia, conforme con el artículo 25 del reglamento, la CIDH solicitó a México que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de A. A. Q. O. y A. L. Q. O y sus familiares.

Al respecto, el Estado debe adoptar las medidas de protección con perspectiva de género y demás enfoques diferenciados que resulten pertinentes, tomando en cuenta las labores de defensa de derechos humanos y el carácter de sobreviviente de trata de personas, como forma de violencia de género, en relación con el deber de debida diligencia reforzada.

También pidió al Estado mexicano que concierte las medidas a implementarse con las personas beneficiarias y sus representantes, manteniendo la reserva de identidad de las personas beneficiarias de manera discrecional.

Y, por último, que informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición.

El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por el Estado, no constituyen un prejuzgamiento a una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables, aclaró la CIDH.


Source link
Salir de la versión móvil