Tras un análisis integral de la evidencia con base en criterios técnicos, económicos y jurídicos, el Pleno concluyó que no existe una obligación o imposición real por parte de Google a los usuarios para contratar ambos servicios. Por lo tanto, no se trata de una venta atada y no se acredita una infracción a la Ley.
Luego de conocerse el fallo, Google expresó:
“Valoramos la decisión de Cofece reconociendo que brindamos a los anunciantes la libertad y el control para usar nuestras herramientas de la manera que mejor se adapte a sus necesidades. Y cuando eligen nuestras herramientas de tecnología publicitaria, es porque son efectivas, sencillas y asequibles.”