Colombia es responsable por el secuestro y tortura de Jineth Bedoya en el 2000: CIDH

Colombia es responsable por el secuestro y tortura de Jineth Bedoya en el 2000: CIDH

La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró al Estado de Colombia como responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, honra, dignidad y libertad de expresión en perjuicio de Jineth Bedoya Lima, como resultado de los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000, según la sentencia difundida este domingo.

El organismo detalla que en esa fecha la periodista colombiana fue interceptada y secuestrada a las puertas de la Cárcel La Modelo por paramilitares y sometida a un trato vejatorio y extremadamente violento, durante el cual sufrió graves agresiones verbales, físicas y sexuales.

“La Corte advirtió la existencia de indicios graves, precisos y concordantes de la participación estatal en los referidos hechos”, dice en un comunicado.

Asimismo, señala, se declaró la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e igualdad ante la ley por la falta de debida diligencia a la hora de realizar las investigaciones sobre dichos hechos, el carácter discriminatorio en razón de género de dichas investigaciones y la violación del plazo razonable.

El tribunal también declaró la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a la integridad personal, honra y dignidad, libertad de expresión y garantías judiciales en perjuicio de la periodista por la ausencia de investigaciones sobre las amenazas que recibió con carácter previo y de manera posterior a los referidos hechos del 25 de mayo de 2000.

Además, el tribunal declaró la violación del derecho a la integridad personal, honra y dignidad, garantías judiciales y protección judicial en perjuicio de la madre de Bedoya Lima, Luz Nelly Lima.

 

En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación, entre otras: (i) promover y continuar las investigaciones que sean necesarias para determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a los restantes responsables de los actos de violencia y tortura que sufrió Bedoya el 25 de mayo de 2000, así como los actos de amenazas que ha sufrido; (ii) garantizar la difusión del programa trans-media No es hora de callar, el cual se transmitirá por el sistema de medios públicos; (iii) crear e implementar un plan de capacitación y sensibilización a funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y operadores de justicia para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios para identificar actos y manifestaciones de violencia contras las mujeres basadas en el género que afectan a las mujeres periodistas, protegerlas en situación de peligro e investigar y enjuiciar a los perpetradores; (iv) crear un centro estatal de memoria y dignificación de todas las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado y del periodismo investigativo, con un reconocimiento específico a la labor de las mujeres periodistas; (v) diseñar e implementar un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra periodistas, así como de violencia basada en género contra mujeres periodistas; (vi) crear un Fondo destinado al financiamiento de programas dirigidos a la prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia, así como para la adopción de medidas eficaces de protección para garantizar la seguridad de las mujeres periodistas que se encuentran sometidas a un riesgo especial por el ejercicio de su profesión, y (vii) pagar las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de rehabilitación, daño material, inmaterial y costas.

El juez Ricardo Pérez Manrique dio a conocer a la Corte su voto individual concurrente, el cual acompaña a la Sentencia.

Para este caso, la Corte  estuvo integrada por los jueces Elizabeth Odio Benito, presidenta (Costa Rica); Patricio Pazmiño Freire, vicepresidente (Ecuador); Eduardo Ferrer Mac-Gregor (México); Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina) y Ricardo Pérez Manrique (Uruguay).

Mientras que el juez Humberto Antonio Sierra Porto no participó de la deliberación de esta sentencia por ser de nacionalidad colombiana, tal como lo señala el Art. 19 del Reglamento de la Corte Interamericana.



 

Diez horas de secuestro y violencia
De acuerdo con  el expediente, el 27 de abril de 2000, se suscitó un enfrentamiento entre paramilitares y miembros de grupos de delincuencia común en la Cárcel La Modelo, el cual terminó con la muerte de 32 reclusos.

Jineth Bedoya Lima, junto con otros periodistas, reportó los hechos de manera sistemática. Posteriomente, la periodista recibió varias amenazas de muerte, tras las cuales se realizó una reunión entre el director del periódico y varios periodistas con la policía. Según pudieron averiguar a través de un mensajero del periódico que tenía un hermano recluido en el patio de los paramilitares, éstos estaban “muy molestos” con las publicaciones del periódico y les conminaban a que no las siguieran haciendo.

Se acordó utilizar a ese mismo mensajero responder a los paramilitares e informarles que Bedoya estaba dispuesta a dialogar con ellos y aclarar cualquier malentendido, todo ello con la “aquiescencia” de la Policía.

La noche del 24 de mayo de 2000, Bedoya recibió una llamada de un individuo que se hacía llamar “Ramiro”, quien le informó que una persona recluida en la Cárcel La Modelo, conocida como “El Panadero”, quería entrevistarse con ella al día siguiente a las 10:00 de la mañana en la sede de la cárcel. El 25 de mayo de 2000, la periodista acudió a la cita, acompañada por el editor judicial del periódico, un fotógrafo y por el conductor del vehículo.

Al llegar a la puerta de la cárcel le atendió un guardia quien, en un principio, le indicó que no tenía boleta a su nombre, pero que sabía de su visita y ya estaban tramitando los permisos, pero que sólo podían ingresar ella y el fotógrafo. A los 10 minutos, Bedoya volvió a preguntar y el guardia dijo que ya venía la boleta, por lo que ella pidió al editor que fuera a llamar al fotógrafo, que se seguía en el vehículo.

Al quedarse sola delante de la puerta del penal, un hombre la abordó, la sujetó por el codo violentamente y la amenazó con un arma de fuego, diciéndole que si gritaba mataría a la gente que había venido con ella.

 

 

“La trasladó a una bodega cercana a la cárcel, donde esperaban dos hombres más. Al llegar al lugar, le pusieron un trapo en los ojos, la golpearon, la insultaron, la agredieron, le amarraron las manos y la sentaron en una silla. Pasado un tiempo, los hombres le dijeron que iban a salir ‘de paseo’. La periodista insistía en preguntarles quien los había enviado y uno de ellos le dijo que los habían mandado a sanear los medios de tanto hijueputa que había por ahí”, señala el documento.

Posteriormente, narra, la subieron a un vehículo y continuaron golpeándola. En el marco de dicho secuestro, en el cual además participaron más hombres (algunos de ellos, uniformados), Bedoya fue violada por varios hombres. En medio de dichos actos de violencia, uno de los secuestradores le dijo, mientras la apuntaba con una pistola: “Periodistas hijueputasque tienen el país vuelto mierda, por culpa de ustedes es que está el país así”, que estaban pagados por la guerrilla y que les iban a escarmentar para que no siguieran “güevoniando y se tiren el país”.

Tras varias horas, cuando ya había anochecido, fue abandonada en un lado de una carretera en Villavicencio. En total, Bedoya estuvo secuestrada alrededor de 10 horas.




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