La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el sistema de justicia transicional encargado de juzgar los crímenes más graves del conflicto armado en Colombia, ha ordenado este miércoles la libertad inmediata de Jesús Santrich, excomandante de la ya extinta guerrilla de las FARC pedido en extradición por Estados Unidos. El tribunal decidió aplicar la garantía de no extradición -contemplada en los acuerdos de paz- a Seuxis Paucias Hernández Solarte, el verdadero nombre de Santrich, debido a que “las pruebas no permiten evaluar la conducta ni establecer la fecha precisa de su realización”.
Santrich, que siempre ha asegurado ser víctima de un “montaje judicial”, lleva poco más de un año detenido en Colombia, a la espera de una decisión, después de que un juzgado de Nueva York lo acusó por narcotráfico. Su captura ha tensado desde entonces la aplicación de los acuerdos sellados a finales de 2016 entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las otrora Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, hoy desarmadas y convertidas en un partido político con diez escaños garantizados en el Congreso. De hecho, Santrich fue originalmente escogido para uno de esos escaños, y eventualmente podría ocuparlo.
Al explicar su decisión, la sección de revisión de la JEP detalló que no pudo evaluar la conducta de Santrich ni determinar la fecha “dado que el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América no remitió las evidencias solicitadas” y a que en las interceptaciones telefónicas de otro caso, que la fiscalía envió a la JEP, “no se reveló la conducta atribuida a Hernández Solarte en la solicitud de extradición”. El dictamen concluye que juzgar a Santrich en Colombia “es la manera más efectiva de respetar el derecho internacional público y posibilitar el goce de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”.
Según la fiscalía colombiana, Santrich formaba parte de una red que llevaba delinquiendo desde junio de 2017, un semestre después de la firma del acuerdo final de paz. El histórico pacto establece que solo podrán beneficiarse de la JEP quienes se acojan por delitos cometidos antes de la firma, y los que delincan después de esa fecha serán juzgados por la justicia ordinaria. El juzgado de Nueva York lo señala de conspirar para exportar 10 toneladas de cocaína.
El caso Santrich tiene profundas ramificaciones. Para empezar, ha provocado un enfrentamiento permanente entre la JEP y el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, por diferentes interpretaciones de las facultades que tiene la justicia transicional. Mientras la fiscalía sostiene que la JEP unicamente puede certificar la fecha en que ocurrieron los presuntos delitos, el tribunal invoca potestades más amplias, como conocer las pruebas en casos de extradición y evaluar la conducta.
En cualquier caso, la sección de revisión de la JEP aclaró que no le correponde efectuar juicios de responsabilidad penal, y por lo tanto “en el caso en concreto nunca se concluyó que la conducta no existió, sino que, por falta de pruebas, no pudo evaluarla”. La garantía de no extradición no implica que los señalamientos se queden sin investigar y las “autoridades judiciales nacionales” deben ahora “definir si tienen competencia para investigar los hechos sobre la base de elementos de prueba obtenidos legalmente”.
La decisión del tribunal se produce en un momento particularmente delicado de las relaciones entre Bogotá y Washington. La decisión de Estados Unidos de retirar visas a varios magistrados de las altas cortes colombianas en las últimas semanas, en plena recta final del trámite de la reforma a la JEP propuesta por el presidente Iván Duque, ha sido ampliamente interpretada como una presión indebida, además de desatar un intenso debate sobre la independencia judicial. Dos de las seis objeciones presentadas por Duque –pendientes de una revisión integral de la Corte Constitucional- se concentran en la figura de la extradición.
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